Por Luis Enrique So... el Vie, 06/07/2018 - 01:14
En la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores Nº 19.496, uno de sus puntos más importante es que todo consumidor tiene el derecho a devolver el producto comprado, antes de transcurrir 10 días de la adquisición, entre otras razones, si es que no cumple con las bondades que decía tener según los anuncios de su publicidad... (Título II, Art. 3 bis)
Ahora bien, cuando nos enteramos, pero en especial los electores que se levantaron un domingo para ir a votar por el candidato Raúl Alarcón (Florcita Motuda), de que su desempeño en el Congreso no es riguroso, poco serio, con poco interés de aprender y menos de someterse a las reglas que rigen a la Cámara de Diputados e incluso de su pobreza de argumentos en sus intervenciones en la sala de sesiones, a través de los juicios emitidos por su ex Asesora Legal, Sandra Basso,... surge la pregunta del millón de votos...
¿El elector que votó por el Diputado Alarcón ó por otro parlamentario, que tras ser elegido, comprueba que no cumple con sus ofrecimientos, calidad de trabajo, dedicación con seriedad a su gestión parlamentaria y otras promesas de campaña a su completa satisfacción, con alguna protección legal, al igual que el consumidor, para que pueda devolver al citado Diputado Alarcón a su lugar de origen y además recibiendo la restitución de todos los gastos que incurrió en el proceso de ir votar por el citado candidato ó simplemente tendrá que masticar la rabia y la decepción por la literal estafa con la que ha sido afectada su disposición ciudadana a confiar y votar, mientras su ex candidato hace de las suyas en el Congreso, no respondiendo a ningún orden establecido ?
¿Dónde están los Derechos del Elector para que pueda devolver al parlamentario que le salió literalmente fallado?
Luis Enrique Soler Milla