¿Qué es el Tercer Estado? Todo. ¿Qué ha sido hasta el presente en el orden político? Nada. ¿Cuáles son sus exigencias? Llegar a ser algo.  [1]

Chile es un país altamente centralizado. Pese a que el avance de los tiempos exigen entregar autonomía a las regiones para darle eficiencia a la distribución y administración tanto de los recursos del Estado, el centralismo capitalino se ha valido de todos sus medios para evitar perder el control del poder político que hoy detenta con pocos contrapesos. Por ello, la reforma que permite la elección de los gobernadores regionales, y la inminente discusión de una ley de rentas regionales son motivo de satisfacción para los que vivimos en regiones.

Actualmente el gobierno interior y la administración de cada región recaen en los Intendentes designados por el Presidente de la República, acompañados a su vez del Consejo Regional, organismo representativo elegido democráticamente que tiene potestades normativas y facultades fiscalizadoras respecto del trabajo del Intendente. Además en cada provincia existe un gobernador provincial, que ejerce las mismas facultades del Intendente en su territorio, y que cuenta con la asesoría de un consejo provincial, no elegido democráticamente, y formado por miembros de diversas organizaciones e industrias locales.

Los problemas que se derivan de esta organización saltan a la vista: el Intendente, teniendo a su cargo el gobierno y administración de la región, carece de autonomía para actuar. Si bien efectivamente participa y preside el gobierno regional (está a cargo de la administración de la región) es también representante del Presidente, y funcionario de su exclusiva confianza. En tal rol, es poca o nula su capacidad de tomar decisiones en función de los intereses de su región y no mirando el interés del Gobierno en Santiago.

La reforma recientemente aprobada, si bien imperfecta, es un avance notable para nuestro país. Se crea la figura del Gobernador Regional, quien es elegido democráticamente en su región, y por cuatro años preside el Gobierno Regional, donde en conjunto a los Consejeros Regionales distribuirán fondos para proyectos de desarrollo regional. Los consejeros mantendrán  potestades normativas y facultades fiscalizadoras. El detalle está en que en vez de concentrar el poder en este gobernador, se mantiene enquistada la presencia del poder central mediante la figura del Delegado Presidencial Regional, quien mantendrá el gobierno interior (no la administración) de cada región. Directamente debajo estará el Delegado Presidencial Provincial, que cumplirá idénticas funciones en la provincia.

Para mejor comprensión del lector, las funciones del Delegado Presidencial Regional comprenderán el velar por el respeto a la jurisdicción, al orden público y resguardo de las personas y bienes, aplicar administrativamente las disposiciones de la ley de Extranjería y ejercer la coordinación, fiscalización o supervigilancia de los servicios públicos que operen en la región. También, en situaciones de catástrofe o emergencia podrá adoptar las medidas necesarias para la adecuada administración de la región. En cambio, las funciones del Gobernador Regional incluyen la creación de políticas, planes, programas y proyectos en materias de desarrollo económico, social y cultural de la región, elaborar el presupuesto regional y resolver los instrumentos y decisiones de planificación territorial, junto con los planes reguladores regionales.

Sin embargo no es posible cantar victoria. La autonomía requiere recursos, y hoy las regiones no los tienen, pues la Ley de Rentas Regionales no es aún aprobada. La real autonomía regional requiere, para ser una realidad, de una fuente propia de recursos vinculada al territorio que permita financiar proyectos vinculados a cada región en atención a los intereses de sus habitantes. Sin esto, los Gobiernos Regionales deberán solicitar mayores recursos a Santiago cada año, sacrificando su autonomía en pos de una billetera más abultada. Pues así como una persona no se vale de sí misma sino hasta que puede garantizarse su propio sustento, las regiones no serán efectivamente autónomas hasta que tengan la capacidad de generar sus propios recursos. No se trata de pedirle más recursos a Santiago, o de dividir el erario nacional a prorrata de los habitantes de cada zona: es una cuestión tan simple como permitir a las regiones obtener recursos producto de las actividades realizadas en su territorio.

¿Cuáles son los mecanismos que permitirán generar Rentas Regionales? Existen varias alternativas. Se ha propuesto eliminar el fondo reservado del cobre para las FF.AA y transformarlo en un gran fondo de desarrollo regional. Otra opción es entregar a los gobiernos regionales parte del IVA recaudado en la región, y una última opción es la recaudación de impuestos regionales adecuados a las características de cada región, cuestión que representa mejores perspectivas y que es más justa: que cada región tenga los recursos que sea capaz de generar. 

Sea cual sea el mecanismo elegido para generar recursos, la aprobación de una Ley de Rentas Regionales favorable a los intereses de las regiones requerirá de un acuerdo transversal entre parlamentarios regionalistas, aún por sobre los intereses de las cúpulas de cada partido. La misma estructura partidaria suele ser fuertemente centralizada, ya que la nueva ley de partidos no modificó en lo substancial aquel grave problema.

No basta con la elección de gobernadores ni el traspaso de competencias del poder central hacia estos, si  esta política no va acompañada de más recursos para los gobiernos regionales en virtud de lo que disponga la futura Ley de Rentas Regionales. Aun así queda pendiente para el futuro el aumento del poder político de las regiones, suprimiendo los delegados presidenciales y logrando la elección del mayor número de autoridades en la misma región y no por cuoteo desde Santiago, momento en que finalmente  las regiones de Chile se pondrán pantalones largos.

 

 

[1] Sieyès, Emmanuel Joseph. ¿Qué es el Estado llano? Francia, 1789.

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