Tal como ya anunció el Servicio de Impuestos Internos, desde el 1 de enero, para las boletas de honorarios electrónicas, BHE, ya se encuentra vigente el aumento en el porcentaje de la retención al momento de ser emitidas.
Lo anterior según mandata la Ley 21.133 que modifica la actual retención de los trabajadores independientes, y que con la llegada del nuevo año, se pasó del 11,5% al 12,25% de retención.
Pero, ¿por qué esta medida para las boletas de honorarios?
Según Karen Leichtle, asesora ministerial regional de Hacienda, el aumento del porcentaje de retención se enmarca, como decíamos, en la aplicación de la Ley 21.133 “que se viene aplicando desde el 1 de enero del 2020 para incorporar a los trabajadores a honorarios a los regímenes de Protección Social. Esta ley establece el aumento gradual de la retención del 10% hasta llegar a un 17% para que coticen lo mismo que un trabajador dependiente”.
En ese sentido, el dinero recaudado irá destinado, según explica Leichtle, “al pago de las cotizaciones previsionales que les permitirá a los trabajadores independientes obtener los beneficios y coberturas en salud, previsión, seguros de accidentes y enfermedades laborales, entre otros”.
En efecto, a los trabajadores independientes, se les otorgará cobertura inmediata en todos los regímenes de seguridad social en un nuevo orden, contemplando en primer lugar, el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS); el Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP); el Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas (Ley Sanna); la Licencia médicas y subsidios, pre y post natal, y post natal parental, y Pensiones.
“La ley establece, en el fondo, un mecanismo obligatorio del pago de las cotizaciones de las personas que emiten boletas de honorarios para que puedan tener acceso a todos los beneficios de la seguridad social”, complementa la asesora de Hacienda.
Según se desprende de la información dispuesta por el Ministerio del Trabajo, los obligados a cotizar son los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios por un monto bruto anual igual o mayor a 5 ingresos mínimos mensuales (1,4 millones de pesos), excepto hombres de 55 años o más, y mujeres de 50 años o más, al 1 de enero de 2018, con lo que se estima que sean unos 570 mil los trabajadores en Chile que puedan acceder a esta beneficio.
Aplicación
Cabe señalar que el aumento en la retención será de 0,75% por año partiendo desde el 2020 hasta llegar a 17% en 2028.
Así durante el año 2020 se subió la retención un 0,75% llegando a un 10,75% en total, el 2021 se subió nuevamente un 0,75% llegando a ser un 11,5%. “Este año sube el mismo porcentaje llegando a ser un 12,25% y así sucesivamente a través de los años para llegar en el 2028 a un porcentaje total del 17%.”, explicó Karen Leichtle.
Ahora bien, ¿cómo se calculará el monto líquido de la boleta de honorarios durante el presente año? Pues basta multiplicar el monto bruto por 0,8775, es decir, Monto Líquido=Monto Bruto x 0,8775.
A manera de ejemplo, si el servicio entregado es de 569.801 pesos (Monto Bruto), éste se multiplica por 0,8775, lo que dará 500.000 (Monto Líquido).
Cabe destacar que la nueva retención se aplicará de manera automática cada vez que se emita una boleta de honorarios electrónica, y siendo descontada al momento de pagar.