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Lautaro Carmona
La nueva ley que crea esta herramienta -y que comenzó a regir desde esta semana- beneficiará al personal dependiente del sector privado y con contratos sujetos al Código del Trabajo, y que estén desarrollando sus labores de manera presencial, ya sea total o parcial.

Esta semana entró en vigencia la Ley 21.342, que establece un protocolo de seguridad sanitaria laboral para el retorno gradual y seguro al trabajo en el marco de la pandemia del Covid-19.

Como su nombre lo indica, dicha norma tiene como principal objetivo promover un retorno seguro y gradual a la actividad laboral, para la norma establece un seguro individual de carácter obligatorio en favor de aquellos trabajadores dependientes del sector privado que cuenten con contratos sujetos al Código del Trabajo y que estén desarrollando sus actividades de manera presencial, ya sea total o parcial.

En ese contexto, este seguro además, será de cargo del empleador y de no cumplir con su implementación, éste arriesga sanciones. Ahora bien, en el caso de los trabajadores independientes, corresponderá a su contratación a ellos mismos, mientras que aquellas personas que tengan un contrato exclusivo de teletrabajo quedarán fuera de este beneficio.

“Este es un nuevo paso para garantizar el resguardo de la salud y seguridad de los trabajadores en el contexto de la pandemia”, señaló al respecto, el seremi del Trabajo, Matías Villalobos, quien entregó algunos detalles de la iniciativa.

 

¿Cómo funcionará y qué cubre?

En simple, este nuevo seguro, que deberá contratarse anualmente para cada trabajador con contrato, tiene como fin cumplir con dos tareas: la primera, financiar o reembolsar los gastos de hospitalización y rehabilitación en el que pudiera incurrir un trabajador contagiado por Covid-19, tanto en Fonasa como en Isapres.

En segundo lugar, establece un seguro de vida en caso de que el trabajador fallezca producto del coronavirus, el que cubriría un total de 180 UF a manera de indemnización.

En ese sentido, la ley impone también, a aquellas instituciones administradoras del seguro sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, elaborar un “protocolo tipo” para sus empresas adheridas o afiliadas, el cual deberá estar basado en las directrices de la Superintendencia de Seguridad Social.

 

¿Cómo se fiscalizará su cumplimiento?

Desde la Seremi del Trabajo comentan sobre este punto que la fiscalización de la existencia del protocolo y su aplicación será realizada por la Dirección del Trabajo y por la autoridad sanitaria que corresponda, quienes podrán en su uso de atribuciones, aplicar las multas respectivas y disponer la suspensión inmediata de las labores que signifiquen un riesgo inminente para salud de los trabajadores.

“La propia ley establece las responsabilidades de los empleadores por no contratar el seguro y los hace responsables del pago de los montos o sumas que la aseguradora le habría correspondido cubrir”, explicó al respecto el seremi Matías Villalobos.

En todo caso, una vez que la empresa contrate el seguro, ésta debe entregar un comprobante de su contratación al trabajador.

 

¿Qué pasará en caso de desvinculación laboral?

De acuerdo a lo establecido en la ley, la cobertura del seguro se mantendrá de igual manera, aun cuando la relación laboral concluya, tomando en cuenta que la vigencia del contrato del seguro será de un año.

En todo caso, el seremi Matías Villalobos indicó que “ya se ha tomado contacto con representantes de los gremios para aclarar las dudas respecto a la ley y de las medidas de protección para el retorno gradual y seguro a los lugares de trabajo”.

“Además”, agregó que “con los organismos administradores del seguro de la Ley de Accidentes del Trabajo hemos tomado la iniciativa a fin de reunir información para orientar a los empleadores respecto a la implementación de la nueva normativa”.

 

Mayores costos

Desde algunos gremios, como el Comercio, si bien valoraron la implementación del Seguro Obligatorio Covid-19, pues permite darles protección a los trabajadores ante esta crisis sanitaria, lamentaron que éste recaiga sobre el empleador, más aún, teniendo en cuenta la dura situación que viven miles de empresas del país ante la actual coyuntura.

Al respecto, el presidente de la Cámara de Comercio de La Serena, Patricio Araya señaló que, si bien la idea del seguro “es buena”, ello representa “un costo para nosotros, que no teníamos contemplado para nuestras débiles finanzas de hoy en día, porque más o menos cuesta, según lo que nos han dicho, entre 12 y 14 mil pesos anuales”.

Por su parte, para el presidente de la Cámara de Comercio de Ovalle y vicepresidente de la Confederación del Comercio Detallista, Washington Altamirano, debiera haber sido tarea del Estado el asumir el costo de este seguro.

“Estamos viviendo una pandemia, una crisis de salud pública. Aquí se le está metiendo la mano al bolsillo a un sector que está caído, que está en el suelo, pues el costo lo asumimos nosotros y cada vez están apretando más al pequeño empresario que, producto de las cuarentenas, ya no tiene ingresos”, manifestó.

 

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