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Lautaro Carmona
Originalmente, la Ley de Servicios Básicos, que suspendía hasta el 31 de diciembre las interrupciones de ambos servicios por mora, fue extendida hasta el 31 de enero por iniciativa de las mismas empresas sanitarias y eléctricas, por las consecuencias de la pandemia en la economía de las familias y la alta de cifra de personas que aún no ha regularizado su situación.

Este lunes, todas las compañías integrantes de Empresas Eléctricas A.G. –entre las que se encuentra CGE- y de suministros de agua potable –como Aguas del Valle– anunciaron que darán continuidad a la Ley 21.249, conocida como Ley de Servicios Básicos, hasta el 31 de enero de 2022, pese al término de su vigencia este próximo 31 de diciembre.

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Esta normativa tiene como principal beneficio la suspensión del corte de suministro básico para los clientes que mantengan morosidad con sus cuentas de luz, agua y gas a cañería producto de la pandemia. Ello, hasta que se logre una solución definitiva a este tema que afecta a cientos de miles de personas en el país.

“Empresas de electricidad y agua extendieron hasta fines de enero el no corte de servicios por deuda. En ese mes, esperamos aprobar ley con subsidio al 75% de la población y prorrata de deudas de la pandemia en 48 cuotas. Superintendencias fiscalizarán que se cumpla el no corte”, expresó a través de su cuenta de Twitter, el biministro de Energía y Minería, Juan Carlos Jobet.

En esa línea, el gremio de las empresas eléctricas, a través de un comunicado, indicó que la decisión adoptada “beneficiará a gran parte de los más de 760 mil clientes que a la fecha mantienen deudas vencidas en sus cuentas de electricidad, a quienes se invita a realizar un convenio sin pie y sin intereses accediendo a los canales de atención de cada empresa”.

Por ello, reiteraron el llamado “a quienes están en condiciones de pagar su cuenta de electricidad, para que se mantengan al día, de modo que el sistema eléctrico pueda seguir operando con normalidad y no aumenten los niveles de morosidad entre los clientes”.

 

Baja respuesta

Y es que lo expresado por las empresas en el comunicado, es a propósito de las bajas cifras registradas de personas con deudas vencidas que se han acogido a los beneficios de la ley.

En la Región de Coquimbo, los números indican que menos del 15% de los clientes que se encuentran en mora mayor a 45 días, se ha acercado a regularizar su situación.

Por ejemplo, considerando los datos consolidados de la empresa CGE, al 30 de noviembre de este año en la Región de Coquimbo presentan morosidad mayor a 45 días un total de 45.164 clientes. A esa misma fecha, sólo 6.829 clientes (el 15%) han solicitado acceder a los beneficios que entrega esta ley para repactar sus deudas, donde existe una aprobación del 98% (6.611 clientes han sido beneficiados).

Al respecto, Pablo Salinas, gerente zonal Coquimbo de CGE, explicó que como empresa están conscientes “de las dificultades que han debido enfrentar muchas familias durante esta pandemia, por tanto, hemos dispuesto de una ampliación del plazo para que nuestros clientes regularicen sus compromisos comerciales. Esto, a través de facilidades de pago y sin ningún tipo de interés o gasto adicional”, afirmó, fortaleciendo al mismo tiempo, los equipos técnicos y de los canales de contacto no presenciales “para responder de manera más eficiente a los requerimientos de nuestros clientes”.

Respecto a Aguas del Valle, desde la empresa se informó que a noviembre, más de 16 mil clientes se encontraban en mora, con un promedio de 311.000 pesos de deuda acumulada. A la fecha, más de 1.640 clientes morosos (el 10%) se han inscrito para poder acogerse al convenio.

“Queda un poco más de un mes para que aquellos clientes que se han visto obligados a suspender sus pagos y cumplen con los requisitos establecidos por la ley, puedan acercarse y repactar su deuda. Hemos hecho un esfuerzo importante desde marzo del año pasado en atención a la difícil situación de muchas familias y hoy nos comprometemos a no realizar cortes hasta fines de enero”, explicó el gerente regional de Aguas del Valle, Andrés Nazer.

 

Población vulnerable

Cabe recordar que la Ley de Servicios Básicos permite que el 80% de la población más vulnerable de acuerdo con el Registro Social de Hogares pueda acceder a esta forma de pago que no incluye pie, intereses, recargos ni multas.

¿Pero qué pasa con aquellas personas que no están dentro de ese 80%?

En el caso de CGE, su gerente zonal, Pablo Salinas, explica que existen otros requisitos que pueden cubrir a quienes no son parte de ese tramo de vulnerabilidad. Por ejemplo, ser adulto mayor, ser trabajador o trabajadora acogido a la Ley de Protección del Empleo, encontrarse entre quienes estén recibiendo el Seguro de Cesantía, o bien ser trabajador independiente o informal afectado por una disminución significativa de ingresos, “lo que debe ser acreditado mediante una declaración simple”, señala Salinas.

En el caso de Aguas del Valle, el gerente Andrés Nazer aseguró que como empresa “estamos abiertos a evaluar caso a caso alternativas que se ajusten a la realidad económica de cada persona, pues sabemos que hay familias o pymes que pueden haberse visto afectadas por la pandemia que están fuera del grupo que considera la ley”.

 

¿Y si no se paga la deuda?

Ahora bien, teniendo en cuenta la hasta ahora baja respuesta que han mostrado los clientes para acogerse a los beneficios de la Ley de Servicios Básicos, ¿qué pasaría si de aquí al 31 de enero no se cancelan las deudas? ¿El corte de servicios es irreversible?

Pablo Salinas, gerente zonal de CGE, indica a manera de ejemplo que sobre el tema de los cortes, “a partir de la fecha definida, la compañía estará en posición de comenzar la normalización de sus operaciones”.

Ahora bien, bueno es recordar que actualmente, por un lado el Congreso, se encuentra discutiendo un proyecto de ley que propone extender las suspensiones de cortes hasta diciembre de 2022, iniciativa que genera preocupación en las empresas de suministros básicos. Y por otro lado, el gobierno está trabajando en un proyecto de ley que busca extender la vigencia del beneficio de postergación de las deudas.

En ese sentido, el abogado y académico de la Universidad Católica del Norte, Emilio Bécar, especialista en derecho civil y del consumidor, explica que este último proyecto pretende, en forma adicional, que la postergación de los pagos, en las 48 cuotas (que contempla originalmente la ley), no puede exceder el 15 % de una cuenta promedio. “Si las cuentas superan el 15 %, el Estado otorgará un subsidio para cubrir tal diferencia, de modo que los clientes puedan seguir pagando lo promedio Y si pasadas esas 48 cuotas sigue vigente la deuda, ésta se extingue y la extinción es de cargo de las compañías”.

Para eso explica, la iniciativa contemplará una distinción entre los clientes de bajo y alto consumo, lo cual deberá analizarse durante la discusión que tenga lugar en el Congreso. “Ello determinará, igualmente, si tendrán acceso a los beneficios de subsidio o no”, agregó.

Eso sí, el académico de la UCN aclaró que lo mejor –por ahora- sería olvidarse de eventuales “perdonazos” por las deudas contraídas.

“Hasta el momento, y aunque se ha planteado en el Congreso algunos proyectos de ley que buscan la liberación de las deudas generadas durante el proceso de pandemia, tales deudas no se extinguen. Ellas siguen vigentes, aunque sin recargos, intereses o cuotas”, señala.

Además agregó, las medidas de suspensión de servicios solo se aplicarán una vez que termine el beneficio legal, y respecto de aquellas personas que no se encuentren contempladas en los beneficios de postergación y prórroga, les afectará “en los mismos términos que existían con anterioridad a la pandemia. Esto, mientras no exista otra palabra en contrario”.

Ahora bien, ¿existen otros caminos para los clientes con tal de evitar caer en la suspensión de suministros básicos luego del 31 de enero?

A juicio del académico, fuera de esas circunstancias, la suspensión de los servicios se evita sencillamente, a través del pago de lo adeudado. “Conviene, por tanto, que los clientes puedan considerar todas las posibilidades, analizar su situación patrimonial, y eventualmente acogerse al beneficio de suspensión y postergación”, advirtió.

 

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