• Mujer involucrada en el delito de femicidio se encuentra con medidas cautelares. Son 90 días de investigación.
  • El más reciente femicidio tuvo lugar el 28 de julio pasado. Si bien el autor intentó suicidarse y finalmente no lo hizo, concretó su acción estando en la cárcel.
  • "Más allá de lo que arroje la investigación por lo sucedido en la Provincia del Limarí, incluso si fuera un aborto espontáneo, no está dentro de las causales". Marcela Carreño, seremi de la Mujer y Equidad de Género 
  • "En el infanticidio, las sanciones que se establecen son muy altas, y la legislación habla de entre 5 y 15 años de cárcel". Carlos Galleguillos, seremi de Justicia
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Fotos: Andrea Cantillanes
Marcela Carreño, a cargo de la cartera de Mujer y Equidad de Género, afirmó que más allá de lo que arroje la investigación, incluso si se tratara de un aborto espontáneo, la reciente promulgación no respaldaría hechos de esta naturaleza. Por su parte, valoró que se siga profundizando en debatir sobre la equidad de género para hacer frente al femicidio, temas a los que también se refirió el seremi de Justicia, Carlos Galleguillos

El Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género ha debido enfrentar variadas situaciones desde su formación, y la Región de Coquimbo no se escapa a estas circunstancias. La más reciente dice relación con la polémica por un supuesto infanticidio e inhumación ilegal, que tuvo lugar en la comuna de Ovalle cuando un bebé de 30 semanas de gestación fue enterrado por su madre en el patio de la vivienda de su abuela materna.

La imputada, que afirmó no contar con el apoyo ni de su familia ni de su pareja, argumentó que se trató de un aborto espontáneo luego que se le rompiera la bolsa intrauterina. Sin embargo, se dice que el bebé respiraba al momento de ser sepultado bajo toda ilegalidad.

Leer también: Informe preliminar de SML indica que bebé enterrado en Ovalle respiraba al nacer

A raíz de la nueva ley que despenaliza el aborto en tres causales (ver recuadro), la seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Marcela Carreño, en conversación con diario El Día, aseguró que esa figura no aplica para estos acontecimientos, lo que fue argumentado por la autoridad.

“Estos acontecimientos son materia de investigación y se están estableciendo los orígenes y causas de hecho. Independiente del resultado, este tipo de situaciones no tiene relación con la ley que ya ha sido promulgada, que se vincula con la despenalización del término del embarazo de manera voluntaria en tres causales.  Más allá de lo que arroje la investigación por lo sucedido en la Provincia del Limarí, incluso si fuera un aborto espontáneo, no está dentro de las causales y es parte de los antecedentes que está analizando la Fiscalía”, señaló.

Con respecto de las penas a las que se expone quien tomó tan dramática determinación, el seremi de Justicia, Carlos Galleguillos, en conversación con “Abriendo El Día” de la 95.1, aseguró que “se trata de un caso que genera una sensación de incredulidad y dolorosa porque estamos hablando de un bebé. El delito de infanticidio está tipificado en nuestro ordenamiento jurídico penal en el caso que un padre, una madre o cualquier ascendiente mata a un hijo o hija al momento de nacer o dentro de las 48 horas posteriores al parto. Las sanciones que se establecen son muy altas, y la legislación habla de entre 5 y 15 años de cárcel, sin perjuicio que hay algunos proyectos de ley que buscan establecer una mayor rigurosidad”, subrayó la autoridad.

DETALLES

Por otro lado, Marcela Carreño precisó que la ley que fue promulgada no es “de aborto” propiamente tal, porque no se habla de situaciones generales. “Solamente estamos recuperando un derecho que teníamos hasta 1989, y que habla justamente de poder despenalizar y no tener que cumplir con cárcel ante situaciones especialmente gravísimas. Puntualmente, cuando hablamos de inviabilidad fetal, se puede confundir con los casos donde hay malformación y no es así”, aseguró.

Esa ley es especialmente apreciada por Carreño, ya que “el Estado debe proporcionar acompañamiento y ser garante por la decisión voluntaria que elija la mujer cuando se encuentre en algunas de las situaciones que la ley considere”.

Con respecto a las repercusiones que ha tenido esta nueva legislación, sobre todo en aquellos sectores que son más conservadores y no lo ven con buenos ojos, Carreño sostuvo que “cuando se comenzó a formular esta iniciativa, se realizaron una gran cantidad de conversatorios  en diversos puntos del país. Es obvio que los sectores que más se resistieron están en la oposición, pero lo bueno es que se ha dado el debate con altura de miras y es bueno poder debatir respecto de los distintos puntos de vista. Lo positivo es que contábamos con un amplio respaldo y teníamos plena conciencia de que Chile requería tener esta ley para dar respuesta a la diversidad de mujeres en nuestro país, ya que somos más del 52% de la población”, destacó.

FEMICIDIO

Cabe recordar que el 4 de septiembre del presente año, un hombre de 52 años identificado como Sergio Torres Villalobos se suicidó en la cárcel de Huachalalume , quien se encontraba en prisión preventiva por el delito de femicidio luego de haber estrangulado a su mujer, Fidelina Robledo, de 43 años, hechos que tuvieron lugar en Las Compañías.

En ese contexto, Carreño aseguró que “siempre lamentamos cuando una vida se apaga. Para nosotros no son estadísticas ni números, son proyectos de vida que se truncan. Y en ese sentido, todos los esfuerzos que hagamos como Ministerio desde las campañas, como también otras acciones, las vamos a seguir intensificando. Pero debemos entender que cuando se diseñan políticas públicas para erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres, no se trata sólo de una responsabilidad del Estado, es también de la sociedad civil, de los medios de comunicación y todos los actores. Si nos hacemos corresponsables, tendremos menos muertes que lamentar”, subrayó.

Señaló que si hay femicidios consumados o frustrados, es porque existe una cultura que lo abala. “Las desigualdades que vivimos las mujeres en Chile y dentro de ellas la violencia de género ocurren porque se han ido perpetuando ciertas situaciones y menoscabos, como si la mujer fuese un ser humano de segunda categoría. Cuando vemos que se nos paga menos, que tenemos doble jornada y que debemos seguir incluso trabajando en labores de casa y donde no hay una corresponsabilidad de la pareja, se notan esas diferencias. Hay toda una cultura que estimula que los hombres son poderosos, valientes y las mujeres son las débiles y sensibles. Con ese bombardeo, a través de la educación y la iglesia, se van generando situaciones que terminan en una escalada de violencia que puede finalizar con su máxima expresión, que son los femicidios”, indicó.

Al respecto, comentó que un aspecto clave es que los femicidios sólo son entendidos como tal si existe una relación de convivencia. “Como Gobierno hemos puesto especial énfasis en esto. Hemos duplicado las casas de acogida y la formación de monitores y monitoras en los distintos territorios. El 2016 presentamos un proyecto de ley para que se amplíe el concepto de femicidio, porque se circunscribe a las relaciones de pareja donde hay convivencia o hijos de por medio. Queremos que se amplíe a las relaciones de pololeo, para poder tipificarlo como tal y las penas para los femicidas sean más altas. Buscamos que el Ministerio tenga mayores atribuciones, además de incorporar el acoso callejero, la violencia económica y sexual, para poder perseguirla desde el punto de vista penal. También se habla de las pensiones de sobrevivencia, las que un agresor perfectamente podría solicitar”,

También consultado al respecto, el seremi de Justicia, Carlos Galleguillos, subrayó que las penas por el delito de femicidio son las más altas que tiene nuestro ordenamiento jurídico. “Sin perjuicio de aquello, cosa distinta es poder ampliar la gama de hechos o situaciones que pueda abarcar el delito descrito en la norma hacia otro tipo de relaciones. Porque lamentablemente uno de los grandes flajelos que tenemos en nuestra sociedad son los delitos vinculados a la violencia intrafamiliar, los cuales han ido en aumento, los que desafortunadamente decantan en la muerte del cónyuge o en el marco de relaciones de convivencia”.concluyó. 3801i   

ABORTO EN TRES CAUSALES 

Las tres causales consideradas en la ley para despenalizar el aborto es el peligro para la vida de la mujer, que consiste en permitir que tenga acceso a los tratamientos médicos necesarios para preservar su vida, aún cuando la realización de los mismos impliquen la interrupción del embarazo.

Otra de ellas es la inviabilidad fetal de carácter letal plantea que en los casos en que el embrión o feto padezca una alteración estructural congénita o genética de carácter letal, la mujer podrá decidir si interrumpe o no su embarazo.

Y en tercer punto, está el caso de embarazo si es que hubo violación, donde no se le puede exigir a la mujer que lo continúe. Lo que se propone es que ella tenga la posibilidad de decidir y así impedir una nueva negación de su voluntad.

 

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