• Las solicitudes se realizaron en penales de La Serena, Ovalle, Illapel y Combarbalá.
  • Juan Pedro Shertzer, presidente de la Corte de Apelaciones de La Serena dio a conocer los resultados en conferencia de prensa.
  • Juan Pedro Shertzer, presidente de la Corte de Apelaciones de La Serena dio a conocer los resultados en conferencia de prensa.
Crédito fotografía: 
Lautaro Carmona
Son 122 los internos beneficiados, a quienes se les realizará un constante seguimiento del cumplimiento de las condiciones que establece la ley y en caso de que reincidan en delitos, serán sometidos a penas más duras.

Tras un arduo trabajo de análisis de antecedentes por parte de la Comisión de Libertad Condicional, se determinó finalmente que son 122 los internos de penales regionales quienes lograron acceder al beneficio que les permitirá cumplir el resto de su condena fuera de los centros penales.

Al mediodía de este lunes, el presidente de la Corte de Apelaciones de La Serena, Juan Pedro Shertzer, en compañía de la secretaria del tribunal de alzada y ministro de fe del proceso, Roxana Camus, entregó en punto de prensa el resultado de las 304 solicitudes revisadas entre los días 17, 18 y 19 de abril.

96 solicitudes de internos de Huachalalume fueron aprobadas y 166 rechazadas.

Shertzer fue enfático en recalcar que la libertad condicional no modifica ni extingue la pena dictada por los tribunales, sino que permite cumplir parte de ella sin privación de libertad, una vez cumplidos una serie de requisitos establecidos en la legislación.

El tribunal de conducta de cada centro penal se encarga de levantar la información de los postulantes y preparar las carpetas de cada caso para su revisión por parte de la comisión.

RIGUROSA REVISIÓN Y SEGUIMIENTO.

En principio eran 311 solicitudes, de las cuales fueron revisadas 304 en largas jornadas de más de ocho horas por tres días para tomar las decisiones. La secretaria de la Corte de Apelaciones indicó que “el análisis fue arduo, prolijo y con mucha diligencia”.

De hecho, detalla que no en todos los casos se cumplía con lo solicitado. De esta forma un 40% de los internos pudieron acceder al beneficio, por lo que el 60% de las solicitudes fueron rechazadas.

Para quienes se rechazó la libertad condicional se elevarán informes que detallarán las razones de la decisión de comisión y tienen la posibilidad de volver a postular y obtener el beneficio cuando si cuenten con los requisitos.

"En caso de que los beneficiados reincidan la sancion es severa, siempre se aplicarán los tramos superiores a los delitos cometidos". Juan Pedro Shertzer, presidente de la Corte de Apelaciones La Serena.

Los que sí pudieron cumplir también recibirán una notificación y una vez informados podrán salir del penal, proceso que podría concretarse “a más tardar el miércoles”, indicó Camus, atendiendo a la gran cantidad de notificaciones que realizar.

El tribunal de conducta se encarga además de realizar un “riguroso seguimiento” a quienes salen a cumplir sentencias en libertad, los que deben acudir con cierta periodicidad a firmar en el Centro de Apoyo para la Integración Social, CRS, o la unidad más cercana al lugar de residencia.

También se realiza un seguimiento a la situación laboral y si está asistiendo a clases, en caso de que no haya completado sus estudios antes de la condena, entre otros aspectos que garanticen su correcta habilitación para desarrollar su vida en la sociedad.

PENAS MÁS DURAS PARA QUINES FALLEN

Quienes no cumplan con lo establecido, advirtió Shertzer, quedarán sin el beneficio, decisión que tomará la comisión sin necesidad de concurrir a los tribunales para su tramitación.

"La pena no solamente es un castigo, sino que de acuerdo a tratados internacionales tiene un fin de readaptacion del sujeto a la vida social". Juan Pedro Shertzer, Corte de Apelaciones La Serena.

En caso de que quienes estén bajo libertad condicional incurran en nuevos delitos, “le constituye una agravante, lo que significa que si su delito está penado con dos grados, se le aplicará el grado superior”, indicó el presidente del tribunal de alzada.

Esto quiere decir, que si un beneficiado comete un delito que se castiga con una pena que va desde los 541 días a 5 años, la pena se aplicará en un tramo superior, en este caso el castigo partiría en los 3 años y 1 día. “En caso de que reincida la sanción es severa”, agregó.

NECESIDAD DE REINSERCIÓN.

La libertad condicional siempre genera debate, la comunidad suele manifestar su descontento con el hecho de que los internos puedan cumplir el resto de su pena fuera de los muros de una cárcel.

En este sentido el ministro Shertzer recalcó que la finalidad de una pena no es solo el castigo, sino también la readaptación del sujeto a la vida social, “los teóricos dicen que no se saca nada con ingresar gente por delitos (…) lo que interesa es que ingresen, pero que se rehabiliten”.

3 solicitudes se realizaron en Combarbalá, todas aprobadas por la comisión.

Así además se evita caer en hechos de hacinamiento, que suelen conocerse en penales a lo largo del país, dificultando la finalidad de la condena de un tribunal. “las personas beneficiadas cumplen con condiciones objetivas de que están mas o menos preparados para reintegrarse a la sociedad”.

Por su parte la Seremi de Justicia y Derechos Humanos, Alejandra Valdovinos, indicó que “es normal que la gente pueda sentir cierto temor”, sin embargo recalcó que existen rigurosos requisitos y quienes sean beneficiados y comentan delitos “no podrán optar nunca más a él”. 6301i

Los requisitos.

Es un decreto de ley de 1925 el que permite a todo condenado en Chile, a una pena superior a un año, obtener la libertad condicional, siempre y cuando haya cumplido la mitad de su sentencia y presente una “conducta intachable” en su paso por el recinto.

También se indica que se debe haber “aprendido bien” un oficio, en caso de que haya talleres donde cumple condena y haber asistido “con regularidad y provecho” a la escuela del establecimiento y a las conferencias educativas dictadas, sepa o no leer y escribir.

En caso de los condenados a presidio perpetuo calificado, solo se les puede conceder la libertad una vez cumplido con los 40 años de privación de libertad y a los que cumplen presidio perpetuo deben haber cumplido con 20 años en la cárcel.

Por otro lado, quienes hayan sido condenados por delitos de parricidio, homicidio calificado, robo con homicidio, violación con homicidio, violación a menores de 14 años, infanticidio y otros delitos similares, se les podrá conceder la libertad condicional cuando cumplan dos tercios de la pena.

 

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