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El veredicto que condenó a David Espinoza, si bien no validó la posición de la parte querellante que apelaba al femicidio (según el abogado por un error de la Fiscalía), sí ratificó la violenta acción del imputado contra la joven que dejó de existir con tan solo de 17 años. La lectura de sentencia tendrá lugar el domingo 21 de marzo, donde la defensa espera minimizar las penas

Era una jornada largamente esperada por la familia de la joven Daniela Reyes y sus cercanos luego de casi 4 años de espera por un juicio donde esperaban que se hiciera justicia por la muerte de una joven de tan sólo 17 años de edad, hechos acaecidos el 26 de febrero de 2017 y que conmovieron a la opinión pública.

La autopsia de Daniela señaló que su deceso se había producido por envenenamiento por consumo de sustancias tóxicas.

Sin embargo testigos como la madre de la joven, María Espejo, y su abuela, aseguraron que ella había recibido una de las tantas golpizas propinadas por David Espinoza, en ese entonces de 19 años, su pareja por casi 8 meses.

Precisamente, las visiones de los familiares de Daniela fueron sólo unos de los muchos testimonios y pruebas en el marco del juicio oral que se desarrolló durante toda la semana pasada, que el lunes tuvo sus alegatos de clausura y ayer correspondió su veredicto.

En ese contexto, el Tribunal Oral en Lo Penal de La Serena, en voz de las juezas Eugenia Gorrichón (presidenta), Jimena Pérez (redactora) y Paola Cortés dictaron que David Espinoza es el autor de los delitos consumados de lesiones graves, lesiones menos graves y amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar contra Daniela Reyes. De esta forma, dieron por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos, como la participación culpable de Espinoza en los hechos.

Sin embargo, la visión de las partes es variada, ya que perseguían distintos veredictos, aunque la lectura de sentencia tendrá lugar el domingo 21 desde el mediodía, donde se analizarán próximas medidas.

 

Penas y alcances.

La Fiscalía fue la que quedó más conforme, pues se dictó sentencia de acuerdo a las penas establecidas en la acusación. En ese contexto, el persecutor Juan Pablo Torrejón, sostuvo que “las lesiones graves, en un contexto de violencia intrafamiliar, en contra de Daniela, fueron acreditadas, además de las lesiones menos graves en contra de la madre y las amenazas en contra de su hermano. Estos ilícitos se lograron probar de manera legítima y leal”, aseguró.

Respecto de la teoría presentada por la Defensa, y que apelaba a un suicidio, el fiscal subrayó que “no hay antecedentes en la carpeta investigativa que sustenten esta tesis. Hay antecedentes entregados por el Servicio Médico Legal, testigos y la labor realizada por la Brigada de Homicidios de la PDI. Además, se suman las pericias del SML y la BH Metropolitana, que dan cuenta que las lesiones y la muerte de Daniela no se habrían producido por envenenamiento”, subrayó.

Cabe destacar que la Fiscalía solicita un total sumatorio de 8 años de prisión efectiva, pero esto dependerá del tribunal y su sentencia final.

En tanto, el abogado querellante, Pedro Orthusteguy, aseguró que “lo más importante para nosotros,  para la familia de Daniela y para su memoria es que la justicia señaló que ella no se suicidó y que falleció producto de los golpes del acusado, David Espinoza, por lo que los traumatismos en la zona abdominal y en el abdomen le habrían provocado su muerte. Estos hechos son constitutivos del delito de femicidio, que es lo que siempre sostuvo la familia de la víctima durante los cuatro años que han pasado”,  argumentó..

El jurista indicó que “el Tribunal acreditó el delito de femicidio, pero no podía condenar porque había un error formal del Ministerio Público en la formalización, donde no se agregó que Daniela había fallecido producto de los golpes. Eso no señaló, y por eso es que finalmente el Tribunal condena por el delito de lesiones graves, menos graves en contra de su madre y amenazas en contra de su hermano. Sin embargo, tras leer el fallo que tendrá lugar el domingo, analizaremos si recurriremos a la Corte Suprema vía recurso de nulidad”, concluyó.

 

“Será una pena muy inferior a la de femicidio”

Desde la Defensoría Penal Pública evalúan el veredicto con mesura. La abogada defensora de David Espinoza, Rosa Álvarez, consignó que “valoro que se haya absuelto por el delito de femicidio y se haya condenado por tres hechos que tienen una pena absolutamente inferior. Si bien en el escenario actual él podría recuperar su libertad, estimo que no había prueba para condenar por estos otros tres delitos. Hay que conocer el texto de la sentencia, y en esas circunstancias estudiaré la posibilidad de presentar algún recurso de nulidad, pero eso está por verse, siempre y cuando esa sea la voluntad de mi representado”, subrayó. Álvarez también apela a una ley que rige las penas sustitutivas, “la que contempla que cuando las personas no tienen antecedentes penales anteriores, pueden optar a cumplir sus penas en libertad, cuando estas no superen los cinco años. Es decir, bajo una libertad vigilada que puede ser normal o intensiva”, argumentó la jurista. 

 

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