• Luis Santander padrastro de Melissa Chávez
    El padrastro de Melissa fue detenido este miércoles por la PDI.
Crédito fotografía: 
Lautaro Carmona
Luis Santander fue trasladado ayer desde dependencias de la PDI hasta el Juzgado de Garantía de Coquimbo. En la audiencia, sin acceso a la prensa, se formalizó al sujeto por los delitos reiterados de violación y abuso sexual, los que venía cometiendo desde 2014

Tras la detención de Luis Santander (40) por parte de la PDI el pasado miércoles, se abrieron nuevas aristas en torno a la historia de vulneración de la pequeña Melissa Chávez Ardiles (12), quien fue asesinada presuntamente por su madre el 26 de noviembre de 2020, y de quien este sujeto era padrastro.

Santander fue aprehendido como imputado por los delitos reiterados de violación y abuso sexual impropio contra la niña. De acuerdo a los antecedentes conocidos, uno de los principales argumentos para su captura fueron las evidencias entregadas por exámenes de carácter histológico, que corresponden a estudios de los cambios microscópicos u anormalidades, posteriores a la autopsia de rigor.

Las conclusiones de dichos análisis determinaron que la menor había sido violada sólo seis horas antes de su muerte, y dichos actos se venían repitiendo desde que tenía seis años.

 

Jornada clave

El imputado, que fue trasladado hasta dependencias de la Policía de Investigaciones en Coquimbo, se mantuvo detenido hasta la mañana de ayer, cuando pasadas las 10:00 horas fue derivado hasta el Juzgado de Garantía local, donde se procedió a realizar la audiencia de control de detención.

Al salir de las dependencias policiales, instantes después de ingresar al vehículo y en medio del asedio periodístico, Luis Santander señaló brevemente que “nosotros no hemos hecho nada”, posiblemente haciendo referencia a él y a Mirta Ardiles, madre de Melissa e imputada por parricidio.

Pasado el mediodía, se inició la audiencia. Sin embargo, a los pocos instantes, Santander rechazó la posibilidad de contar con el patrocinio legal del abogado particular Nicolás Pavez, quien además es defensor de Mirta Ardiles. Por tanto, prefirió que su amparo quedara en manos de la Defensoría Penal Pública, que a su vez se opuso a la iniciativa planteada por la Fiscalía de ampliar la detención del imputado para que la defensa tuviera más tiempo de revisar el caso.

La abogada Nicole Auger argumentó que en un lapso de dos horas podría revisar las casi 3 mil fojas de esta instancia y otra serie de evidencias testimoniales, a lo que la jueza finalmente accedió. Por tanto, la audiencia tuvo un receso y sólo se reinició pasadas las 15:30 horas.

Al regreso, la magistrada Nury Benavides Retamal solicitó al imputado antecedentes sobre el trato que recibió al ser detenido por la PDI, a lo que él señaló que fue “bueno”.

Instantes después, desde la Defensoría de la Niñez se solicitó a la jueza que la audiencia no fuese transmitida en forma pública, y por tanto, que los medios de comunicación no tuviesen acceso a esta instancia, con el propósito de “proteger la intimidad y la honra de la víctima”.

Ante este requerimiento, tanto la Fiscalía, como la Defensoría Penal Pública y los querellantes estuvieron de acuerdo con esta petición, por lo que la magistrada la hizo efectiva.

Una vez terminada la audiencia, la fiscal, Yocelyn Weisser, reveló algunos antecedentes expuestos por la Fiscalía, afirmando que “los hechos en relación a esta causa tienen una data desde 2014 hasta la fecha de fallecimiento de la víctima. El imputado fue formalizado por distintos hechos de connotación sexual, contra quien a la vez fue víctima del delito de parricidio el 26 de noviembre de 2020”.

 

Conclusiones

La jueza Benavides, tras recibir los antecedentes por parte de la Fiscalía y los demás intervinientes, ordenó el ingreso de Luis Santander al complejo penitenciario de La Serena -cárcel de Huachalalume- para cumplir con la medida cautelar de prisión preventiva.

A su vez, se fijó un plazo de investigación de 40 días. “Existen antecedentes bastantes para estimar que existe una presunción fundada y que el imputado tiene participación como autor en los delitos por los cuales se les ha formalizado. Dado lo anterior, tales antecedentes hasta ahora esgrimidos que justifican, tanto la existencia de los delitos formalizados como la participación que le ha correspondido al imputado. Asimismo, resulta posible para quien habla sostener que la libertad del encartado sí constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”, señaló Benavides, agregando que “la necesidad de cautela no se satisface con medidas de menor intensidad”.

 

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