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El Día
Según los reclusos los obligan a desnudarse y a ejecutar sentadillas, además de ofenderlos en razón de su identidad y orientación sexual. Sin embargo no se pudo comprobar la veracidad de sus acusaciones.

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó en el mes de diciembre un recurso a favor de una interna trans y su pareja, ambos recluidos en el Centro Penitenciario de La Serena.

Según el documento, los hechos afectaron a la interna trans P.M.O.L  y a su pareja, B.E.C.A, quienes el pasado 26 de diciembre fueron insultados por siete gendarmes, entre esos los identificados como “Mayor Navarrete” y “Mayor Bandera”.

En el recurso de amparo contra el director Regional de Gendarmería, Víctor Vera Bustos, se alegó que los abusos descritos violentan la Constitución y los tratados internacionales ratificados por Chile, en particular porque privan del derecho a la libertad personal, la seguridad individual y la integridad psicológica.

Todo esto habría ocurrido en el marco de un allanamiento realizado en las celdas de los reclusos. 

Finalmente, la Corte de Apelaciones de La Serena tras revisar los antecedentes, rechazó el recurso presentado por el INDH en contra de Gendarmería, ya que según señala el fallo no se constata "que Gendarmería de Chile haya incurrido en los actos vulneratorios que se denuncian en la acción, violentando la integridad de los amparados, lo que, por lo tanto, no se ha traducido en una afectación de su derecho a la seguridad individual, resulta procedente rechazar el recurso impetrado".

Sin embargo, en el fallo se exhorta a la institución penitenciaria a que adopte las medidas necesarias para impedir tratos denigrantes en contra de los internos en procedimientos como allanamientos. 

“Se rechaza el recurso de amparo deducido por doña Tarcila Piña Riquelme en representación del Instituto Nacional de Derechos Humanos, a favor de Pía María (Jorge Andrés) Olivares López, y de Boris Esteban Castillo Arriagada, sin perjuicio de lo resuelto, y velando por la integridad física y psíquica de los amparados, especialmente la condición de transgénero de la amparada, es que esta Corte instruye que en lo sucesivo la institución penitenciaria adopte las medidas necesarias para impedir tratos denigrantes en contra de los internos en los procedimientos de allanamientos”, indica el fallo. 

 

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