• Cesfam Juan Pablo II, Las Compañías.
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Archivo
El Servicio de Salud Coquimbo, querellante en la causa, calificó como "ejemplificadora" la sentencia de 541 días de presidio con remisión condicional de la pena.

La tarde de este miércoles se comunicó la sentencia en contra de C.P.M., paciente del Centro de Salud Familiar (CESFAM) Juan Pablo II de Las Compañías, quien el 5 de septiembre del año pasado amenazó a una doctora con un arma de fogueo, exigiendo más dosis de clonazepam para calmar su abstinencia.

Tras este incidente, el Servicio de Salud Coquimbo, en conjunto con el Colegio Médico de la región, presentó una denuncia y posterior querella por las amenazas en contra de la profesional, acción legal que el año pasado lo dejó con prohibición de acercarse a la víctima y al CESFAM Las Compañías, y por la que ahora fue condenado a una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, con remisión condicional de la pena.

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Para el director del Servicio de Salud, Claudio Arriagada, esta sentencia es ejemplificadora, ya que permite que aquellas personas que agreden a funcionarios de la salud, puedan ser sancionados. “Nosotros como servicio estamos constantemente monitoreando la red, tanto nuestros hospitales como APS, con distintos protocolos para medir la calidad de servicio y de la atención. Por lo tanto, existen los conductos regulares para que los usuarios puedan manifestar sus disconformidades con la atención, pero por ningún motivo vamos a aceptar que se agreda a nuestros funcionarios, quienes día a día con vocación de servicio acuden a su lugar de trabajo para atender a la población más vulnerable”, manifestó.

En este sentido, cabe recordar que quienes deseen realizar alguna consulta, sugerencia o reclamo, pueden acercarse directamente en la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS) de los establecimientos de Salud, y si no pueden asistir de forma presencial, la OIRS tiene disponible un formulario online.

Ley “Consultorio Seguro”

La sentencia por la agresión a la doctora del CESFAM Juan Pablo II de Las Compañías, llega justo a dos meses de la modificación a la ley 21.188, conocida como “Consultorio Seguro”, que justamente aumenta las sanciones para quienes agredan a funcionarios que se desempeñen en establecimientos educacionales y de servicios de salud.

Esta ley establece la aplicación de penas que pueden llegar a presidio mayor en su grado medio (desde 10 años y un día a 15 años), si producto de las lesiones la persona queda con daño severo que implique pérdida de autonomía, y establece presidio menor en sus grados medio a máximo (desde 541 días a cinco años), si el funcionario presenta enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días.

El año 2019 se registraron 1.274 agresiones a funcionarios de la salud, concentrándose el mayor número de casos en las regiones de Coquimbo, Biobío y la Región Metropolitana, por lo que tanto la modificación a la ley como la sanción de este caso, esperan contribuir a disminuir ese número este 2020.

 

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