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El Día
La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de casación interpuesto por la empresa Campos del Norte S.A. y confirmó la sentencia que le ordenó pagar $176.998.918 al joven que perdió el 85% de la visión de uno de sus ojos .

El pasado 14 de diciembre del 2013 , Mario Erler, de 17 años, celebraba en la discoteca Ovo –ubicada al interior del Casino Enjoy-  junto a sus compañeros de cuarto medio el término de su etapa estudiantil cuando se vio involucrado en una violenta pelea.

Leer también: Caso Erler: El largo camino judicial en busca de justicia

Erler no tenía nada que ver. Sólo habría intervenido para separar a los participantes, entre los que estaba el futbolista Carlos Escobar. Sin mediar provocación alguna, uno de los acompañantes del deportista se acercó a Erler y lo golpeó con un vaso de vidrio en el rostro, hiriéndolo gravemente en uno de sus ojos, provocándole, a la larga, la pérdida del 85% de la visión.  

El joven en la actualidad estudia en Santiago y prefiere no referirse al tema ni recordar la situación vivida ese trágico día.

Sin prestar ayuda

Según declararon los guardias del recinto respecto a la agresión y la falta de ayuda presentada, no estaban autorizados para llevar al herido a un recinto asistencial. “¡Me vas a decir que eso es humano!”, cuestionó en su oportunidad el padre del joven Carlos Erler, quien indicó  en medio del proceso que todavía no comprende “cómo una empresa tan grande no tenía protocolos ante este tipo de emergencias”.

De hecho, los funcionarios tenían prohibido incluso llamar a la ambulancia y fue una amiga de Mario quien se comunicó con el servicio de Urgencias cuando lo encontró herido.

La familia hubiese entendido que se produjera un error de procedimiento en el momento. Sin embargo, desde la casa de juegos nunca lo manifestaron, ni a ellos, ni a través de algún comunicado público. 

Años en busca de justicia

El  pasado 12 de julio, a casi 6 años de producido el hecho, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de casación interpuesto por la empresa Campos del Norte S.A. y confirmó la sentencia que le ordenó a pagar una indemnización de perjuicios a los padres y hermanos del joven que fue agredido.

En fallo unánime  indica la resolución que la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Tercer Juzgado de Letras de La Serena, que ordenó pagar la suma total de $176.998.918 a la familia demandante.

El fallo de primera instancia detalla “(…) que de los videos acompañados no aparece la irrupción violenta por parte de Mario Erler en la riña, la que tampoco aparece controlada, tampoco aparece que los guardias hayan separado a los grupos, ni que la agresión haya sido provocada por Mario Erler, ni que haya sido éste auxiliado por los guardias, cuando era atacado por tres personas, ni que con posterioridad haya sido escoltado por ellos, por el contrario.

(...) Se aprecia que Mario Erler ingresó a la pelea para separar a sus compañeros, la riña no aparece completamente controlada, los guardias realizan un perímetro que no da cuenta de control de la situación considerando que se encuentran amontonados, sin intervenir, en la mitad de un pasillo que es una de las principales vías de ingreso al casino, y que constituye tránsito obligatorio para cualquiera que se encuentre en él, por lo que mantenerse interrumpiendo dicho sector, es mantener el riesgo latente”.

Criterio que refrendó la Corte de Apelaciones de La Serena, al establecer que “efectivamente la parte demandada no dio cumplimiento a la obligación de seguridad y el deber de evitar riesgos y que exige el artículo 3, letra d) de la Ley N° 19.496”.

La resolución agrega que “el daño moral se debe regular de acuerdo al sufrimiento de los demandantes, esto es la víctima directa y las víctimas indirectas, y al efecto las sumas ordenadas pagar en la sentencia, dictada por el tribunal a quo, regulan prudencialmente el daño moral que produjo dolor y aflicción en los accionantes”.

Por lo tanto,  la resoluciòn de la Corte de Apelaciones de La Serena concluye que “en cuanto al recurso de casación en la forma interpuesto por la parte demandada Que se rechaza el recurso de casación en la forma interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia dictada con fecha 27 de junio de 2018.

Agrega  que “en cuanto al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y adhesión a dicho recurso de los demandantes: Que se confirma la sentencia dictada con fecha 27 de junio de 2018”.

Al respecto el padre del joven agredido , Carlos Erler, señaló que están a la espera de analizar con su abogado el fallo  para entregar una opinión al respecto.

“Estamos contentos con la resoluciòn, pero todo esto no es por el dinero” indicó. 

Por su parte, desde EnJoy Coquimbo señalaron, escuetamente, que “se està analizando el fallo”. 

 

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