• La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección presentado en contra del directorio general del Cuerpo de Bomberos de Coquimbo y ordenó la anulación del proceso disciplinario en contra el comandante de la institución en la comuna puerto
Crédito fotografía: 
El Día
Luis Ugalde, con más de 47 años de trayectoria en la institución, había sido suspendido por 90 días como voluntario y la prohibición de ejercer como oficial general por dos años tras ser acusado de insultar a dos personas.

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección presentado en contra del directorio general del Cuerpo de Bomberos de Coquimbo y ordenó la anulación del proceso disciplinario en contra el comandante de la institución Luis Carlos Ugalde Cepeda  que, en enero pasado, fue sancionado con la suspensión por 90 días como voluntario y la prohibición de ejercer como oficial general por dos años.

Durante el año 2018 y comienzo de 2019, Ugalde estaba ejerciendo el cargo de Primer Comandante, cargo más alto dentro del escalafón operativo de los bomberos.

La sanción contra Ugalde fue realizada luego que había sido citado a un proceso disciplinario, por cuanto dos voluntarios de la compañía  se quejaron diciendo que los había insultado.

En su defensa el oficial  indicó que esto es lo más alejado de la realidad, pues en sus 47 años como  voluntario del Cuerpo de Bomberos de Coquimbo, jamás trató a algún voluntario en la forma que se le acusa.

Además, agrega que se enteró que fue citado a comparecer al Consejo Superior de Disciplina, a través de una carta dirigida a un domicilio distinto al que tiene registrado en su Compañía del Cuerpo de Bomberos de Coquimbo,  por lo tanto, difícilmente se podía presentar a una audiencia del Consejo Superior de Disciplina. Al mismo domicilio erróneo, se envió la resolución.

1971 fue el año que realizó el ingreso a la institución bomberil el cuestionado comandante Luis Ugalde

Según indica  el sancionado el Consejo Superior de Disciplina sabía que al momento de su citación no se encontraba en la región, por causa de una cirugía de esófago. Por ello, al citarlo en un momento en que era para él imposible presentarse, dicho Consejo actuó en forma arbitraria. No obstante ello, realizaron la sesión, en su ausencia y lo sancionaron con la suspensión y la prohibición de ser oficial general.

“En el procedimiento disciplinario seguido en contra del recurrente no se cumplieron con las exigencias del artículo 79 del Reglamento General del Cuerpo de Bomberos de Coquimbo, al haber sido juzgado en ausencia" resolución Corte de Apelaciones de La Serena

Juzgado en ausencia

En fallo unánime la Segunda Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar, tras establecer que la medida aplicada excede las atribuciones reglamentarias.

“En el procedimiento disciplinario seguido en contra del recurrente no se cumplieron con las exigencias del artículo 79 del Reglamento General del Cuerpo de Bomberos de Coquimbo, al haber sido juzgado en ausencia, sin un emplazamiento previo valido, ni habiéndose respetado las formalidades mínimas consistentes en la certificación por parte el Secretario de dicho Cuerpo, en cuanto a que la citación se haya efectuado reglamentariamente, ni tampoco constando registro de dicha citación en el libro de citaciones, todo lo que permite entender que hay un proceder que no cumple por las reglas dadas por la misma organización, lo que transforma, además, a la decisión adoptada en una resolución carente de sustento, y por ende, arbitraria”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “El órgano sancionador, a saber, el Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de Coquimbo, al alejarse de las reglas mínimas de juzgamiento que le rigen se transforma, en la práctica, en una comisión especial, lo que constituye una infracción a lo dispuesto en el artículo 19 N° 3 inciso 5° de nuestra Carta Fundamental”.

Anula proceso sancionatorio

Por tanto, concluye que: “Se acoge, con costas, el recurso de protección interpuesto por Carlos Artemio Agüero Cerda, en representación de Luis Carlos Ugalde Cepeda, en contra del Cuerpo de Bomberos de Coquimbo, declarándose que se anula el proceso sancionatorio incoado contra el recurrente desde la citación a él formulada para comparecer ante el Consejo Superior de Disciplina, incluyéndose en consecuencia las sanciones adoptadas a su respecto, debiendo dicha comisión, si lo estima pertinente, dar curso progresivo al mismo proceso sancionatorio, disponiendo una nueva citación del recurrente”.

 

Suscríbete a El Día y recibe a diario la información más importante

* campos requeridos

 

 

Contenido relacionado

- {{similar.created}}

No hay contenido relacionado

Cargando ...

 

 

 

 

 

 

 

 

Diario El Día

 

 

 

X