El abogado Claudio García indicó que el caso marca un precedente “y que es una alegría para todas las personas con discapacidad física, además de ser tremendamente relevante para todos los ciudadanos de La Serena, porque significa que tendremos una ciudad mucho más inclusiva y no excluyente”.

La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó este miércoles el recurso de apelación presentado por las defensas del municipio  y la Sociedad Plaza La Serena S.A., en contra de la sentencia que ordenó el pago de una multa y la construcción de un ascensor que permita acceso universal a pasarela peatonal que cruza la avenida Huanhualí.

La determinación se produjo tras el recurso presentado por el abogado Claudio García, quien manifestó una acción de discriminación arbitraria en contra de las personas con movilidad reducida, especialmente contra su hijo, Claudio, que sufría montones a causa de la pasarela que no cuenta con facilidades para el desplazamiento de personas con movilidad reducida.

“La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena confirmó el fallo en primera instancia dictado por la jueza del segundo juzgado de letras de La Serena, que condenó al municipio y al Mall por discriminación arbitraria en contra de mi representando, que en este caso es mi hijo y ordenó la instalación de un elevador o ascensor en cada lado de la pasarela de calle Huanhualí, así que eso nos pone muy contentos”, señaló el abogado Claudio García.

Con respecto a la multa de 15 UTM, agregó que “es una multa de beneficio fiscal (el dinero va al fisco), pero nosotros en la acción no demandamos ningún tipo de indemnización, ya que esa no era el motivo de la acción, sino que era la instalación del ascensor para la accesibilidad universal de las personas con discapacidad”.

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Si es que el juicio marca un precedente, García indica que “es una alegría para todas las personas con discapacidad física, pero en general para todas las personas con discapacidad, porque permite tener la seguridad de que nuestros tribunales están acogiendo acciones de este tipo. Lo que se ha hecho valer acá son los derechos fundamentales de las personas, amparado en la constitución y en el tratado internacional. Y eso es tremendamente relevante para todos los ciudadanos de La Serena, pues significa que tendremos una ciudad mucho más inclusiva y no excluyente”.

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En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia apelada, dictada en septiembre pasado, por la magistrada Ghislaine Landarretche del Segundo Juzgado de Letras de La Serena, que estableció que la pasarela es insuficiente para garantizar la circulación universal por el sector.

“(…) no es posible imponer una carga adicional a las personas que cuentan con discapacidad física, no permitiéndoles cruzar por la misma vía destinada a quienes lo pueden hacer de a pie por la pasarela”, sostiene el fallo de primera instancia.

El fallo del tribunal confirma la resolución que resolvió condenar a la Municipalidad de La Serena y a la Sociedad Plaza La Serena S.A, a pagar una multa de 15 UTM a beneficio fiscal, y a la sociedad comercial “a construir un elevador o ascensor en la pasarela construida sobre avenida Huanhualí.

 

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