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El Día
Las políticas públicas son “materias propias del Poder Ejecutivo”, resolvió el tribunal. Ambos municipios no apelarán a la determinación judicial y sostienen que las medidas sanitarias adoptadas serán de responsabilidad del Gobierno.

El Ovallino

Era un fallo que se podía prever. La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de protección interpuesto por las comunas de Combarbalá y Monte Patria para que se decretase cuarentena total en sus respectivos territorios.

La medida interpuesta en contra del Presidente Sebastián Piñera, del ministro de Salud Jaime Mañalich y del Jefe de la Defensa Nacional para la región de Coquimbo, el general Pablo Onetto, tenía como propósito imponer medidas de restricción de la circulación y la propia cuarentena para los habitantes de las comunas. Sin embargo, el tribunal de alzada determinó otra cosa.

En fallos unánimes, la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó las acciones cautelares presentados por el alcalde de Combarbalá, Pedro Castillo, y la Municipalidad de Monte Patria, tras descartar actuar ilegal o arbitrario de las autoridades recurridas.

Un fallo que no dejó para nada conformes a ambos municipios, ya que recurrieron a los tribunales de justicia para revertir una medida de las autoridades sanitarias, quienes hasta el momento no han decretado confinamiento general en ninguna de las comunas de la región.

Y es que en el fallo, la Corte de Apelaciones resolvió que una medida sanitaria como la solicitada es de exclusiva competencia del Poder Ejecutivo, es decir, del Gobierno.

“Lo que solicita el reclamante es, en definitiva, que esta Corte a través de su decisión se inmiscuya en facultades propias de la autoridad administrativa algo cuestionable y sin justificación, en este caso, toda vez que dicen relación con la adopción de políticas públicas para enfrentar la contingencia sanitaria, materias propias del Poder Ejecutivo, excediendo los fines propios de esta excepcional acción cautelar”, concluye.

Para la comuna de Monte Patria, las medidas adoptadas serán también de responsabilidad de la autoridad sanitaria y del Gobierno, además de señalar que les faltan facultades para proteger a los vecinos.

“El rechazo de este recurso de protección confirma que las facultades para generar las profundidades de las medidas sanitarias y de protección de los territorios dependen de las facultades del Presidente de la República. Nosotros hemos hecho y haremos todo lo que está en nuestras manos para poder proteger a la comunidad y en este caso no haremos la apelación, pero este hecho es un medio que la responsabilidad política y sanitaria que tiene el Gobierno sobre todos nosotros es importante y por el bien de nuestra comunidad esperemos que no se equivoquen”, dijo Camilo Ossandón, alcalde de Monte Patria.

 

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