Las cifras en el mercado chileno son claras. Un 97% de la población adulta tiene algún tipo de producto financiero sumando un escenario similar para el 97% de las pymes de nuestro país. Sin duda, constituye un universo en que reciente promulgación de la Ley de Portabilidad Financiera permitirá a las personas y pymes que tienen cualquier tipo de producto financiero, cambiarse de manera más fácil, con menos trámites y a menor costo, de una institución financiera a otra que ofrezca mejores condiciones.
En este sentido el diputado Juan M. Fuenzalida señaló que por medio de esta iniciativa una persona podrá acercarse a nuevas empresas financieras en que requiere solicitar un producto determinado. Posteriormente, el cliente elige el producto y ese banco deber terminar en nombre del cliente los productos que tenía contratado con la entidad anterior, significando muchos menos trámites para el cliente. Agrega que “la entidad antigua por ley está obligada a cerrar esos productos y además comunicar ese cierre efectivo al cliente, para que exista la tranquilidad necesaria”.
Fuenzalida enfatizó que en esta nueva normativa no existe ningún “amarre” que obligue al cliente a estar un determinado tiempo en una entidad bancaria y la portabilidad financiera se puede ocupar cuantas veces quiera, trayendo consigo un aumento de la competencia al interior del mercado.
Fuenzalida ocupó un caso concretó para ejemplificar la ley de portabilidad como es un crédito hipotecario de 1000 UF, indicando que antes para refinanciar un crédito hipotecario el cliente debía pagar aproximadamente $ 700 mil. “Con esta nueva ley debería deberá pagar solo $280 mil, entonces estamos hablando de un ahorro de aproximadamente de $400. Además, actualmente que se tramitar este cambio demora alrededor de 75 días, con esta nueva ley se debería demorar como máximo 45 días”, explico el legislador.
Por último, el parlamentario señaló que esta iniciativa facilitará la comparación, es decir cuando el cliente solicite el certificado de liquidación, deberá contener cada uno de los productos con su respectivo interés. Paralelamente, contendrá la oferta de las otras entidades financieras respecto a los mismos productos, es decir estamos frente a diferentes alternativas.” Estamos hablando que la transparencia a la que apela esta ley deberá ser mostrada por bancos, compañías de seguro, administradores de mutuos hipotecarios, cooperativas, cajas de compensación, empresas que otorgan créditos automotrices emisores de tarjeta y cualquier otra entidad fiscalizada por la CMF”, recalcó Fuenzalida.