• Para el 11 de abril de 2021 se contempla la elección de los constituyentes, quienes tendrán la misión de redactar la nueva Carta Magna.
Crédito fotografía: 
Lautaro Carmona
Para los independientes, hay un proyecto en el Parlamento, el que aún no se discute y que busca rebajar la cantidad de firmas que deben reunir para postularse.

Luego de que la ciudadanía se pronunciara en el Plebiscito del domingo 25 de octubre por una nueva Constitución y también por una Convención Constitucional, que deberá estar integrada por un 50% de mujeres, se vienen una serie de pasos, especialmente en lo que dice relación con quienes serán los encargados de redactar el texto jurídico.

Estos ciudadanos, que en la práctica serán los responsables de definir el rumbo del país deben cumplir con una serie de requisitos, haciendo un recorrido previo antes de participar en una elección popular.

Dicha elección está fijada para el 11 de abril de 2021, oportunidad en que la población deberá elegir a 155 personas, las que se encargarán de  escribir la nueva Carta Magna.

Quiénes pueden ser candidatos

Según lo sostenido por el abogado Cristián Cruz, pueden ser candidatos las personas que cumplan con los requisitos contenidos en el artículo 13 de la Constitución. Deben ser chilenos, mayores de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. También, los nacidos en el extranjero, con madre y padre chilenos y los nacionalizados por gracia, pero en ambos casos deben tener a lo menos un año de residencia en nuestro país.

Renuncia a cargos públicos

Consultado Cristián Cruz si quienes ejercen cargos públicos pueden ser candidatos a constituyentes, indicó que sí, pero “deben renunciar a sus puestos, o bien, inscribirse como candidatos y en ese momento quedan cesados de sus funciones de manera automática”.

Referente a los cargos públicos, estos son: Ministros, intendentes, gobernadores, alcaldes, cores, concejales, subsecretarios, consejeros del Banco Central o del Servicio Electoral, funcionarios del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, del Tribunal de Contratación Pública, del TRICEL, y los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.

La misma regla rige para quienes tienen cargos en organizaciones gremiales o vecinales, los que deberán suspender dichas funciones desde el momento en que sus candidaturas sean inscritas.

Forma de elección

Debido a que en el plebiscito se impuso la Convención Constitucional, se elegirá a 155 personas con las mismas reglas de las elecciones para la Cámara de Diputados, es decir,  con listas y elección popular por distribución de distritos, pero garantizando la paridad de género.

Así, los partidos, listas y pactos que quieran participar están obligados a presentar listas paritarias: 50% hombres y 50% mujeres, que deberán estar encabezadas siempre por una candidata y ordenada de forma alternada con los aspirantes.

Las prohibiciones

Quienes integren la convención constitucional no podrán postular a cargos de elección popular hasta por un año después de que el organismo termine su trabajo.

Los independientes

Este es el principal problema que han tenido quienes impulsan reducir al mínimo las trabas para que las personas que no pertenecen a partidos políticos puedan ser candidatos.

Para reducir las dificultades ya hay en el Senado un proyecto que busca disminuir de un 0,4% a un 0,2% de los electores que votaron en la elección parlamentaria anterior el número de patrocinios que requerirán quienes no militen en un partido político para inscribir sus candidaturas. También de un 1,5% a un 0,5% el total de firmas exigibles cuando se trate de una lista de independientes. Además, permite al Servicio Electoral validar patrocinios con firma electrónica a través de la Clave Única ante el Registro Civil.

Sin embargo, este proyecto no ha sido discutido aún, pero se espera que se haga a la brevedad, debido que con las normas actuales, los independientes tienen pocas posibilidades y eso los desanima. Aquellos que son partidarios de dar más garantías, han planteado incluso que se debió legislar antes del Plebiscito, especialmente porque queda muy poco tiempo para reunir las firmas y cumplir con todos los requisitos

El sueldo

El sueldo que recibirán quienes sean electos en los comicios de abril será de aproximadamente 2,5 millones de pesos.

Sobre las funciones que tendrán, solo será  la de redactar una nueva Constitución.

 

Suscríbete a El Día y recibe a diario la información más importante

* campos requeridos

 

 

Contenido relacionado

- {{similar.created}}

No hay contenido relacionado

Cargando ...

 

 

 

 

 

 

 

 

Diario El Día

 

 

 

X