Este viernes y dentro de los plazos establecidos, el 1ª Tribunal Ambiental de Antofagasta dictó la sentencia en el caso que mantenía la empresa InterChile en contra de la Superintendencia de Medio Ambiente ante la instancia judicial, debido a un proceso sancionatorio.
La causa fue interpuesta por la empresa en contra de una resolución de la SMA que resolvió rechazar el Programa de Cumplimiento, esto como respuesta al programa sancionatorio que se sigue en su contra, específicamente en relación a una infracción ocurrida en la comuna de los Vilos con ocasión de la construcción de una instalación de faena, no descrita en la Evaluación Ambiental del proyecto, además de no cumplir con el plan de rescate, relocalización y monitoreo de trasplante de suculentas, en el marco del Proyecto Plan de Expansión Chile LT 2X500 KV Cardones – Polpaico, el cual consiste en una línea de transmisión de alto voltaje que atraviesa las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso y Metropolitana.
RECHAZO TOTAL A LA RECLAMACIÓN
Con todo, la sala representada por los ministros titulares Mauricio Oviedo, Daniel Guevara y Marcelo Hernández, luego de efectuar un exhaustivo trabajo apoyado por el equipo interdisciplinario del Tribunal, resolvieron rechazar en su totalidad la reclamación judicial interpuesta por la empresa Interchile en torno a su Programa de Cumplimiento, por carecer de Idoneidad, eficacia y verificabilidad, entre otros argumentos.
En esta reclamación también actúo como tercero coadyuvante de la reclamada, la comunidad a través de la Cooperativa de Comerciantes Ambulantes El Esfuerzo de Los Vilos, confirmando el rechazo al Programa de Cumplimiento presentado por la empresa.
Con este dictamen de la autoridad ambiental, la corte ratifica la sanción que la SMA había pasado a InterChile.
PESE A SANCIÓN, PROYECTO SIGUE SU CURSO
De acuerdo a la Superintendencia de Medio Ambiente, tras esta sanción, que se vio reflejada en una multa de sobre $600 millones para la empresa, la empresa presentó un recurso de reposición que busca rebajar el cargo monetario por incumplimientos de la materia, para lo que la Superintendencia no tiene un plazo determinado para pronunciarse.
Con todo, hay que destacar que el proyecto de carretera eléctrica sigue adelante, pues no se han dictado medidas provisionales que determinen su detención.
¿QUÉ ES UN PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO?
Según explican en el tribunal, el Programa de Cumplimiento es un instrumento que contempla la normativa ambiental vigente y que opera una vez que la Superintendencia inicia un procedimiento sancionatorio formulando cargos en contra del titular de un proyecto. Para hacer frente a esto, las compañías pueden presentar este recurso que implica el compromiso de corregir las infracciones que hasta ese momento la SMA pudo detectar, con el objetivo de evitar la continuidad del procedimiento y eventualmente las sanciones.62-02