• En la foto, el concejal Fernando Pino, Fernando Glasinovic, ex director de Obras y Patricio Núñez, director de Obras Municipales.
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Lautaro Carmona
La autoridad municipal confirmó que el Informe Final de la Contraloría relativo a la legalidad del otorgamiento del permiso de edificación del Centro Comercial Paseo Balmaceda, le da la razón a la Dirección de Obras Municipales de La Serena y destaca el hecho de que el Contralor no solicitó un sumario.

Casi dos años lleva el caso que involucra la legalidad del otorgamiento del permiso de edificación del Centro Comercial Paseo Balmaceda, —propiedad de la empresa Neorenta—, otorgados por la Dirección de Obras Municipales de La Serena, DOM, anteproyecto que tiene como fecha de ingreso y de aprobación, el año 2014. Caso del que este mes se conoció el Informe Final de la Contraloría que según el director de Obras Municipales, Patricio Núñez, da la razón al actuar de la autoridad edilicia.

Con todo, el caso es de larga data, ya que se origina cuando en diciembre de 2015, el actual seremi de Vivienda y Urbanismo, Erwin Miranda, solicita a la municipalidad de La Serena los antecedentes para revisar el cumplimiento de la normativa respecto de este proyecto. En esa revisión se le pidió al director de obras los antecedentes respecto a la fusión de lotes, ya que el secretario ministerial consideró encontrar algunas situaciones de índole normativa que causaron dudas.

Esto gatilló que con posterioridad se enviara a la Contraloría el ordinario 1.889, en el cual, a raíz de la sumatoria de observaciones técnicas que existían respecto al otorgamiento del permiso, se solicitaba paralizar las obras, invalidar el permiso y un sumario administrativo en contra de quienes resulten responsables.

DIRECTOR DE OBRAS RECALCA UN ACTUAR ACORDE A LA LEY

Sin embargo, y después de una serie de investigaciones respecto de los permisos concedidos para la construcción del centro comercial, el Informe Final del Contralor dicta que “Sobre las vialidades restituidas por la ley N° 20791 que afectarían a las obras de edificación autorizadas” el municipio de La Serena deberá adoptar las providencias que correspondan de entre aquellas que prevé el ordenamiento jurídico vigente, “teniendo presente en especial lo dispuesto en el artículo 53 de la ley N° 19.880 sobre la invalidación administrativa de los actos irregulares, de lo que deberá informar en un plazo de 60 días hábiles”;

Asimismo, se declara que el permiso de edificación fue aprobado por la Dirección de Obras de La Serena considerando 149 estacionamientos, en circunstancias que el anteproyecto consideró 911 espacios. “Acogiéndose a la excepción de reducción de dotación de estacionamientos que exige el Plan Regulador Comunal, sin contar con una solicitud fundada que diera cuenta de la imposibilidad de dar cumplimiento a la normativa”.

Con todo, se solicita que la Dirección de Obras serenense tome en cuenta lo solicitado por el ente contralor, lo que podría modificar la construcción del centro comercial Paseo Balmaceda.

Sin embargo, y según han señalado la misma empresa y desde la Dirección de Obras Municipales, el documento dice que el informe no sanciona ni instruye sumarios en contra de ningún funcionario que haya participado en el otorgamiento de los permisos correspondientes a nuestro proyecto. Por el contrario, el documento sólo efectúa sugerencias y recomendaciones a la autoridad, de cara al futuro, respecto de los procedimientos administrativos de su competencia.

Según la empresa, el informe también aclara, entre otros aspectos, que el proyecto “sí cumple con una serie de requisitos que habían sido injustamente cuestionados, por ejemplo, el uso de suelo del sector en que se emplaza; la fusión de los terrenos y la superficie de la construcción, entre otros”, aclararon desde Neorenta hace unos días.

Con todo, Núñez reafirmó en una entrevista en exclusiva con diario El Día que la DOM ha actuado “bajo la normativa y la buena fe en todo momento, pero hemos sido atacados. Sin embargo, no nos interesa el “por qué”. Nosotros sólo buscamos darles certeza jurídica a la comunidad y a los nuevos inversionistas que quieran venir a la región. Y es que nosotros hemos actuado nítidamente acorde a la ley, sin embargo la desinformación que se generó en este caso, creó desconcierto. Se ha tratado de comprobar que la DOM obró mal. Sin embargo, tenemos las pruebas técnicas y legítimas de que siempre actuamos bajo la ley vigente”, señaló.

La autoridad además recalcó el hecho de que en el informe final, la Contraloría no pidió sumariar. “La pregunta que nos hacemos es, ¿si fue tan terrible la falta, por qué no hace sumario o ningún  tipo de acción secundaria? Es porque no había ninguna irregularidad”, aseguró.

Por su parte, el Concejal por la comuna de La Serena, Alejandro Pino, —personero que apoya la gestión de la Dirección de Obras Municipales respecto de los permisos para el centro comercial— puntualizó que “lo importante es que la Contraloría le da la razón a la DOM, y desechó todos los argumentos que la Seremi dio en su momento”, dijo.

LAS INSTRUCCIONES DE APROBACIÓN VENÍAN DESDE LA AUTORIDAD

Parte de los argumentos técnicos que exponen desde la Dirección de Obras Municipales para defender su postura es que aseguran (y así se lee también en el informe final de Contraloría) que recibieron instrucciones claras en dos seminarios que el mismo Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) dictó un mes antes de la aprobación del anteproyecto del citado centro comercial, en donde señalaban cómo debían ser aprobadas este tipo de iniciativas esta vez que venía vigente la 20.791.

“Todos coincidieron en aquellas oportunidades, en que nuevos proyectos se debían aprobar con DDU 113 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, eso significa que la fecha de ingreso es la que tiene que cobrarse, que se debe considerar la normativa que está vigente a la fecha de ingreso. Todas las interpretaciones del MINVU en público en aquellas capacitaciones, nuestros profesores, de los que dependemos técnicamente, nos reafirmaron y recalcaron que en su momento se debía aprobar con 113”, puntualiza Núñez.

La autoridad declaró en tanto, que no entienden “por qué hoy la autoridad pretende desconocer una ley de ellos mismos donde se estipula como se debe aprobar un anteproyecto”, dijo.

Por su parte, Fernando Glasinovic indicó que la Dirección de Obras “no es un organismo que navega solo, sino que tenemos muchas interconexiones con varios de organismos, entre ellos el Conservador de Bienes Raíces. Si el anteproyecto no coincidiera con las escrituras que tiene el conservador, ellos hubieran echado todo para atrás, como lo ha hecho en otras ocasiones, y como nosotros humildemente lo hemos acatado. Sin embargo, esto no ha sucedido en este caso, y es por algo”, manifestó.

CONTRALORÍA SOLICITA AL SEREMI A CUMPLIR CON EL PRINCIPIO DE INEXCUSABILIDAD

Cabe destacar que el Informe Final de la Contraloría incluye una conclusión que imparte que “sobre las abstenciones de la Seremi Minvu respecto del Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano, EISTU, del proyecto, ese servicio deberá, en lo futuro, dar estricto cumplimiento al principio de inexcusabilidad”. Este principio garantiza la tutela jurisdiccional efectiva, imponiendo la incapacidad de excusarse del conocimiento de un cierto asunto, bajo el pretexto de que otras autoridades puedan conocer el mismo.

La razón del dictamen de la Contraloría, explicó Patricio Núñez, se debe a que en los oficios que existían en la instancia para entregar los antecedentes (ventanilla única), existen un par de oficios en donde la Seremi Minvu no se pronuncia, “precisamente en el ánimo dilatorio de aprobación que la empresa arriesgaba respecto a un EISTU. Y más aún instruye ilegalmente a otros organismos a no aprobar el EISTU, cuestión que quedó en evidencia”, señaló el director de la DOM de La Serena, agregando al respecto, que según la Corte de Apelaciones, cuando la Seremi trató de invalidar el permiso vía oficio 1889 el año 2015, dio una instrucción perentoria, “cuestión que no le corresponde”, dijo.

- Si el ánimo es atraer inversiones a La Serena, ¿por qué se han producido estos desentendidos entre autoridades?

“Nuestra línea es practicar la prudencia y la discreción, nunca emitimos juicios y menos los llevamos al plano de valor o de los supuestos. Nosotros actuamos en base a normas y competencias que el propio organismo jerárquico que nos rige, que es el MINVU, autoridad que nos instruye. Ese será nuestro afán siempre. Toda esta controversia nace en la aprobación del EISTU, del Estudio de Impacto el Sistema de Transporte Urbano, que venía asociado al anteproyecto. Y que después, producto de toda la “cortapieza” que le imponen a la empresa por estudios, se generan estas polémicas muy poco necesarias”.

- ¿Usted llevó alguna acción personal adelante respecto a este tema?

“No, porque nosotros no tenemos afanes personalistas, sino que actuamos como institución. Nuestra argumentación siempre ha estado en el ámbito técnico. Si nosotros no realizábamos bien este trabajo, estábamos faltando derechamente a la ciudadanía en términos de la certeza jurídica que esta dirección de obras, como cualquiera en el país, le tiene que entregar a la ciudad. Y ya sea para un inversionista pequeño, como grande. No puede ser que nosotros como DOM entreguemos un permiso y luego venga una autoridad político administrativa a tratar de revocarlo, sin tener los argumentos técnicos ni suficientes, para hacerlo. Prueba de ello es que los argumentos técnicos fueron los que nosotros vertimos en nuestro informe, y la gran cantidad de los otros argumentos que la Seremi propuso, el Señor Contralor los desechó”.

- ¿Usted nunca ha sido sumariado por este caso?

“El informe obedece precisamente a que se pidió la investigación de la otorgación de un anteproyecto con el objetivo de que alguien saliera sumariado de esta situación. Sin embargo, hoy el informe es concluyente, no hay ningún sumario administrativo ni lo hubo para la DOM, sin embargo hay una resolución del año 2016 en donde se calificó el accionar de un seremi como inconstitucional, arbitrario e ilegal, y nadie hizo nada en su momento. Además, entendemos que hoy existe una querella por parte de la empresa por prevaricación administrativa respecto a esta misma situación”.

LA HISTORIA SE REMONTA A OCTUBRE DE 2014

Fernando Glasinovic, ex director de Obras y Jefe Departamento Técnico Oficina de La Vivienda de la Municipalidad de La Serena, explicó a diario El Día que el anteproyecto del centro comercial se ingresa el 3 de octubre de 2014 a la Dirección de Obras sin gravamen de calle sobre el terreno.

“El director tiene la obligación de dar un permiso de anteproyecto en base a las condicionantes de ese momento, las cuales eran la aplicación del artículo 113. Luego, el 29 de octubre de 2014, la ley 20.791 pone en vigencia las calles y se restituyen a la ciudad, por lo tanto cualquier inversionista que quisiera hacer algo en la ciudad debe hacerlo de acuerdo al Plan Regulador vigente, pero esa ya es otra figura”, señaló Núñez respecto al ingreso de la iniciativa, destacando por otro lado, que la empresa sí contempla vialidades en el proyecto, sin tener la obligación de ejecutarlas.

“Luego el anteproyecto fue aprobado en diciembre de 2014. Este, por tener más de 10 mil metros cuadrados, tenía una vigencia de un año. En este tiempo se fija la vialidad, el ancho de las calles, la expropiación, el volumen construido, varios parámetros de normas urbanísticas. Estas quedan fijas por el plazo de un año, es decir, no se pueden cambiar, entremedio, las normas. Por lo tanto, cuando la empresa llega con el proyecto definitivo en marzo de 2015, estas normas con las que se aprobó el anteproyecto, todavía seguían vigentes por un par de meses más. Es decir, la gestión del director de obras era respetar las condicionantes que fijó un anteproyecto, porque eso fija también certeza jurídica, que es algo que al parecer el mundo no quiere entender”, plasma Núñez.

Por su parte, Glasinovic señaló que para que la autoridad tomara la decisión de visar un proyecto como este, “debíamos tener una normativa vigente suficientemente potente para hacerlo y así lo hicimos”, dijo.

 

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