En fallo dividido, por dos votos contra uno, el 1ª Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por un grupo de habitantes de la comuna de Combarbalá en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental, CEA, de Coquimbo por la resolución exenta que aprobó el proyecto Central de Respaldo Combarbalá-75 MW, de la empresa Prime Energía Quickstar SpA.
La sentencia sostiene que la solicitud de invalidación fue presentada fuera de plazo, más de un año después desde que se dictó la resolución de calificación ambiental que aprobó el proyecto, y no dentro de los 30 días que establece la normativa ambiental.
Tribunal no se pronunció por controversias
Es importante tener presente que el Tribunal no emitió pronunciamiento respecto de las restantes controversias por resultar incompatible con lo resuelto.
El voto disidente fue del Ministro Marcelo Hernández, quien estuvo por acoger la reclamación y entrar a conocer el fondo de la denegación de la solicitud de invalidación.
Desde Prime Energía comentaron que “el proyecto será un aporte al Sistema Eléctrico Nacional, y también a la comuna de Combarbalá y a la Región de Coquimbo, fomentando el empleo y el desarrollo local”.
Asimismo, confirmaron que las centrales de respaldo “apoyan el crecimiento de las energías renovables a la región y al país. Y este proyecto, cumple con los estándares ambientales y legales correspondientes, lo que se ve refrendado por la nueva sentencia del Tribunal, que confirma otras sentencias legales positivas ya obtenidas por este proyecto.
Continuaremos con una política de puertas abiertas para conversar con las comunidades y autoridades ante cualquier duda que haya que aclarar y trabajar en conjunto.
El proyecto consiste en la construcción y operación de una central eléctrica de generación de 75 MW, alimentada en combustible Diésel 2, en el sector de Combarbalá destinada a suministrar energía eléctrica a las instalaciones del Sistema Interconectado Central, SIC.