• El uso no pactado del cauce del río Choapa es lo que mantendría judicializada la relación entre Minera Los Pelambres (MLP) y el municipio de Salamanca.
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Lautaro Carmona
El pago por el uso de Bienes de Uso Público, en este caso del cauce del río Choapa, sería el origen de la reclamación de $50 mil millones por parte del municipio de Salamanca a Minera Los Pelambres, una deuda que según aseguran desde la autoridad comunal, cobrarán hasta las últimas consecuencias. En tanto, la compañía asegura que todas las instalaciones y construcciones que mantienen en la zona cuentan con los permisos y concesiones vigentes que la ley establece.

El uso no pactado del cauce del río Choapa es lo que mantendría judicializada la relación entre Minera Los Pelambres (MLP) y el municipio de Salamanca, después de que este último demandara a la empresa por un monto de $50 mil millones, por la utilización de Bienes Nacionales de Uso Público.

Esta demanda surge a fines de 2017 luego de que el concejal por Salamanca, Luis Alegre, hiciera público un estudio que indicaba que pese a que la empresa mantiene un acuerdo extrajudicial desde 2011 que contempla un pago al municipio por derechos sobre un punto en la localidad de Tahuinco ocupado por MLP, (acuerdo de un monto específico que la minera paga hasta hoy), quedaba por resolver el uso de los cauces naturales, donde se originaría la deuda actual.

Con todo, no fue hasta hace unas semanas que el alcalde de Salamanca, Fernando Gallardo, tras conversaciones fallidas con la minera, decidió interponer finalmente una demanda en contra de la compañía, propiedad de la familia Luksic.

Desde el municipio aclaran que si bien la deuda debiera remontarse hasta hace 18 años atrás, solo pueden hacerla por los últimos 5 años y por una deuda máxima de 51 mil millones de pesos, ya que pasado ese plazo, la deuda prescribe.

¿QUIÉN TIENE LA RAZÓN?

De acuerdo al académico de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica del Norte, Esteban Szmulewicz, toda actividad minera o de otra índole debe contar con permisos ambientales, sectoriales y municipales para construir en el lecho de un río. Y es que de acuerdo al artículo 36 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, “los bienes municipales o nacionales de uso público, incluido su subsuelo, que administre la municipalidad, podrán ser objeto de concesiones y permisos. Los permisos serán esencialmente precarios y podrán ser modificados o dejados sin efecto, sin derecho a indemnización”.

Asimismo, el académico explica que si se está en presencia de un bien nacional de uso público, como es el cauce o lecho de río de acuerdo al código de aguas, y si este cauce es administrado por la municipalidad, ésta tendría derecho a cobrar un permiso por las obras o construcciones que se realicen, de acuerdo a lo establecido en sus ordenanzas municipales respectivas.

Sin embargo, Szmulewicz comenta que hay que considerar que de acuerdo al artículo 299 del Código de Aguas, la Dirección General de Aguas (DGA) tiene la atribución de “ejercer la policía y vigilancia de las aguas en los cauces naturales de uso público y acuíferos; impedir, denunciar o sancionar la afectación a la cantidad y la calidad de estas aguas, de conformidad al inciso primero del artículo 129 bis 2 y los artículos 171 y siguientes; e impedir que en éstos se construyan, modifiquen o destruyan obras sin la autorización previa del servicio o autoridad a quien corresponda aprobar su construcción o autorizar su demolición o modificación”.

A su vez, el artículo 30 del Código de Aguas, define cauce de natural de una corriente de uso público como el suelo que el agua ocupa y desocupa alternativamente en sus creces y bajas periódicas.

“En consecuencia habrá que determinar si el cauce del río es administrado por la municipalidad, en cuyo caso de acuerdo al artículo mencionado sería ésta la autoridad correspondiente para otorgar la aprobación a las construcciones, correspondiendo a la DGA la labor de fiscalización o supervigilancia”, explica Szmulewicz.

Con todo, y consultado sobre si es legítima a deuda que reclama el municipio de Salamanca, el académico de la UCN asegura que para cerciorarse de eso, habría que conocer qué tipo de obras se están o se han ejecutado, sobre qué tipo de bienes, y si estos bienes (el río y su cauce) en el caso concreto son administrados por la municipalidad o por la DGA, y qué tipo de permisos existen respecto de estas obras.

PELAMBRES INSISTE QUE NO EXISTE DEUDA

Y sobre el punto que expone Szmulewicz es justamente sobre lo que se sustenta MLP para asegurar que la deuda no existiría. A través de diversos comunicados, la empresa ha comentado a diario El Día que en el caso de los cauces naturales, que originan esta reclamación del municipio, el Código de Aguas establece que es la Dirección General de Aguas la única institución que tiene la facultad de autorizar su intervención. Por lo mismo, no es procedente el cobro de derechos que el municipio plantea. 

“Minera Los Pelambres no tiene ninguna deuda por concepto de pago de derechos  por ocupación de bienes de uso público. Todas nuestras instalaciones y construcciones cuentan con los permisos y concesiones vigentes que la Ley establece, los que han sido otorgados por los organismos competentes”, precisan desde la firma. 

En tanto, comentan que si bien hubo instancias y acercamientos entre la autoridad y los privados, no lograron aclarar la situación a través del diálogo directo, por lo que acudirán a las instancias legales que sean necesarias para solucionar la controversia. “Se ha dado a entender a la opinión pública que Los Pelambres es una empresa que elude su responsabilidad y evade el pago de impuestos, lo que no podemos aceptar. Nuestra compañía siempre ha cumplido con el pago de impuestos, derechos y patentes de acuerdo a la legislación vigente, siendo un ejemplo el pago que realizamos a la misma Municipalidad de Salamanca por el uso de un camino en el sector de Tahuinco, el que es administrado por el municipio y donde, por lo tanto, es procedente pagar los derechos correspondientes”, indicaron desde la compañía.

LA VISIÓN DEL MUNICIPIO

Por su parte, Fernando Gallardo, alcalde de Salamanca, es firme en su punto. Gallardo explica a diario El Día que la deuda data de 2010, donde la Dirección de Obras de la municipalidad constata que MLP estaba haciendo uso de un Bien de Uso Público en los ríos que circundan la comuna.

“Luego, en 2011 efectivamente hubo un acuerdo con el municipio, con el anterior alcalde, donde por esa deuda que era millonaria, se da un pie de $750 millones, a fin de que se pudieran discutir los otros puntos que se estaban cobrando. En ese entonces nunca se llegó a demanda, sino que más bien hubo un acuerdo entre las partes, lo que quedó plasmado en un acuerdo notarial”, recuerda.

Lo cierto es que Gallardo reconoce que hay bastantes cifras dando vueltas, ya que en diciembre se hablaba de una deuda cercana a los $148 mil millones. “Ese monto es si se tomaran en consideración los 18 años que la compañía ha estado haciendo uso de los bienes, de los cauces.

Lamentablemente la ley es muy sabia en ese sentido y hay muchos años que hay que prescribir”, dice, y agrega que aceptan esta rebaja sin chistar, pues no quieren seguir perdiendo tiempo en el que la compañía puede acceder a prescripciones de deuda. “La ley nos dice que podemos cobrar hasta cinco años, y eso es lo que cobraremos”, indica.

En cuanto a la defensa que plantearán en la judicialización del caso, Gallardo precisa que será férrea. “Esto es algo que todo el mundo sabe, que cuando se usan bienes de uso público, sobre todo cauces de ríos, quien haga uso de ellos tiene que pagar. Distinto es que quien da la autorización para hacer uso de estos cauces de río, que es la Dirección de Obras Hidráulicas, o la DGA, pero a quienes tienen que pagarle, es derechamente el municipio”, culmina Gallardo.62-03R

AUTORIDAD LLAMA A GENERAR UN FONDO DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

Consultado sobre precedentes de este caso que ha escalado a una deuda millonaria –que aún no sabe sabe si se logrará cobrar-, el seremi de Minería, Roberto Vega, comentó a diario El Día que en Chile lo común es que las mineras realicen compromisos con las comunidades, como ocurrió con Barrick en la región de Atacama y la Junta del Río Huasco. “En el caso de nuestra región, así ocurrió con MLP y el municipio de Salamanca. Ahora, si ellos tienen un estatuto jurídico en el cual pactaron las obligaciones, claramente van a tener que judicializarlo y ver cuál será el resultado que la justicia, que es quien determina quién tiene la razón del enfrentamiento judicial”, explica Vega.

Por lo demás, hay que recordar que la investigación por parte del concejal Alegre se da en un contexto de déficit financiero municipal, por lo que salta a la vista que el municipio quisiera echar mano a posibles vacíos en su relación con la minera para saldar otros aspectos comunales.

En ese contexto, el seremi de Minería mueve el foco de atención hacia un avance integral a través de la creación de un fondo especial de infraestructura pública para comunas en el cual exista interés de empresas mineras, que sea idealmente administrado por el Estado y que finalmente vaya destinado a beneficiar las obras públicas de las personas que habitan lugares donde existe este tipo actividad.

“La recomendación de la autoridad es que idealmente exista un proyecto de ley que impulse esta iniciativa: un fondo de infraestructura pública con aportes mineros. Por ejemplo si es necesario desarrollar una carretera en pos de una minera y además existe el interés de la comunidad de poder mejorar las condiciones de ese camino, este fondo público podría operar”, concluye.

 

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