• Paseo Balmaceda, ligado a Neorentas, suma un nuevo capítulo a los traspiés legales que ha tenido el proyecto.
  • El ex seremi del Minvu, Erwin Miranda, fue absuelto del cargo de prevaricación culposa, en el caso Paseo Balmaceda.
Crédito fotografía: 
Andrea Cantillanes
La autoridad consideró que la actuación de los denunciados “fue otorgada en el ámbito propio de la asesoría profesional y técnica, y que constituyen una recomendación al titular de la potestad, es decir al Seremi, quien finalmente rubricó dichos oficios”.

Esta semana se dio a conocer el informe de Contraloría que desestima la solicitud de sumario administrativo, presentada por la empresa Neorentas, dueña de Paseo Balmaceda, en contra de funcionarios de la Seremi del Minvu de la Región de Coquimbo.

Hay que recordar que Neorentas que a fines de 2018, presentó el recurso con el argumento de que los citados funcionarios se opusieron arbitrariamente al proyecto durante su tramitación.

Paseo Balmaceda está operativo desde hace más de un año en La Serena.

Los argumentos de la empresa para pedir el sumario

El documento solicitaba dar inicio a un sumario administrativo en contra de Juana Varela, Jefa del Departamento de Desarrollo Urbano del Minvu; Enrique Vio Encargado de la Unidad de Planes Reguladores de la institución y Eugenio Cortés, Analista de Programas Sectoriales del Minvu, además de otros funcionarios públicos que puedan haber participado en los hechos que denuncian.

Entre los hechos, señalaban que las personas “excedieron las atribuciones de la Seremi de Vivienda y Urbanismo al intentar invalidar ilegal y arbitrariamente el permiso de edificación del centro comercial Paseo Balmaceda y con ocasión de los Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano, EISTU”. También los acusaban de imputar ilegalidades al proyecto con el objetivo de paralizar la construcción. Además, sostenían que las personas “ayudaron a interponer acciones judiciales contra el interés del servicio”; “ayudaron a entorpecer el desarrollo del proyecto” y “participaron en la resolución sobre su propia inhabilitación”.

 

Los argumentos del órgano contralor para desestimar la demanda

Con todo, en su último informe sobre el caso, Contraloría consideró que la actuación de los denunciados “fue otorgada en el ámbito propio de la asesoría profesional y técnica, y que constituyen una recomendación al titular de la potestad, es decir al Seremi, quien finalmente rubricó dichos oficios”.

Sin embargo, asegura que lo anterior no altera “la circunstancia invocada por la defensa de la empresa, en cuanto a que los denunciados habrían infringido su deber de abstención al haber visado el oficio que se pronunció respecto de la solicitud de inhabilitación en el EISTU del Paseo Balmaceda, pues del tenor de los antecedentes adjuntos, aparece que a esa época no existía estudio alguno en tramitación y que dicha solicitud fue formulada directamente ante ellos, y no al superior jerárquico, como debió haberse hecho”.

Asimismo, señala que el órgano contralor no logró formarse la convicción de que sea necesario instruir una investigación en la Seremi del Minvu, considerando los argumentos expuestos anteriormente.62-02i

 

Ex seremi del Minvu es absuelto de cargos por prevaricación

Otra noticia que trascendió esta semana y dejó tranquilos a los opositores del Paseo Balmaceda es que el ex seremi del Minvu, Erwin Miranda, fue absuelto por los cargos de prevaricación culposa que la empresa Neorentas había interpuesto en contra del individuo.

Así se lee en el acta de individualización de audiencia de sobreseimiento emitido por el Juzgado de Garantía de La Serena este miércoles.

“Existiendo nuevos antecedentes que dan cuenta de que la conducta por la cual fue formalizado el Señor Miranda Veloz, no se encuentra en el tipo señalado en la misma formalización, forzoso es acceder a la solicitud de sobreseimiento, toda vez que no existe razón para mantener activa una investigación penal a su respecto, debiendo perseguirse eventuales responsabilidades en sede administrativa y no penal”.

Así, la autoridad decretó el sobreseimiento definitivo de la causa, debido a que los hechos investigados y por los cuales fue formalizado, no constituyen el delito previsto.

 

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