El plazo terminó y finalmente fueron 324 las solicitudes de libertad condicional de reos de la Región de Coquimbo las que aceptadas por Gendarmería de Chile y que ahora deberán ser analizadas para ser concedidas o desestimadas por una comisión constituida por jueces de la Corte de Apelaciones de La Serena.
La mesa resolutiva sesionará los días 25, 26 y 27 de abril, y la integrarán el presidente del tribunal de alzada Jaime Franco, los jueces orales Carolina Turner y Jimena Pérez, además de dos jueces de Garantía de La Serena Pedro Rojas y Carlos Jorquera.
Según la información emanada desde tribunales, es el mismo día 27 cuando los magistrados deben tener la lista definitiva de los reclusos a los cuales se les concederá el beneficio analizando caso a caso.
En relación a cuándo se efectuará la liberación, esta fecha no puede ser revelada por motivos de seguridad.
TRABAJO COORDINADO
El proceso de otorgamiento de libertad condicional que tendrá lugar a finales de este mes, se lleva a cabo todos los años durante abril y también en octubre. En el 2016 en la primera etapa se recibieron 553 solicitudes siendo aprobadas 262 (47%), mientras que en el segundo periodo, en octubre, 355 y 153 (42%) las que tuvieron éxito en la comisión.
De acuerdo al seremi de Justicia Carlos Galleguillos, esta vez, lo más probable es que la cantidad de beneficiados no se altere demasiado en relación al 2016 aunque la decisión le corresponde exclusivamente a la comisión de libertad condicional de la Corte. “El proceso ya está en curso, nosotros a través de Gendarmería ya entregamos las solicitudes y lo que tienen que hacer ellos ahora es analizar durante las sesiones y deliberar en definitiva. Se les han entregado todo lo que exige la ley en cuanto a antecedentes para que ellos puedan decidir en cuando a la postulación”, explica el seremi.
Estos antecedentes tienen que ver con la conducta que hayan tenido los internos durante su permanencia en el penal, las capacitaciones y todo lo que tenga que ver y posibilite su reinserción social. “Ahora, sin prejuicio de ello, Gendarmería de Chile aporta antecedentes adicionales que pueden o no ser ponderados al momento de que los jueces puedan tomar la decisión”, indicó Galleguillos.
CONTROVERSIA
La polémica se instaló el año pasado cuando en el mes de octubre fueron liberados los reos que obtuvieron el beneficio y sólo minutos más tarde, tras bajar del bus que los trasladaba fueron detenidos por Carabineros por presentar órdenes de detenciones pendientes.
De inmediato se acusó falta de coordinación. Sin embargo, el seremi de Justicia cree que aquel episodio tiene que ver precisamente debido a que sí había coordinación. “En esa oportunidad, ellos fueron detenidos porque hubo coordinación. La aparente descoordinación fue un mensaje transmitido por los medios de comunicación, pero tú tiene que entender que si ahí había personal policial es porque había coordinación, la que siempre ha estado”, indicó Galleguillos.
LABOR POLICIAL
El prefecto de Coquimbo Luis Carrera admitió que el episodio de la detención de los internos inmediatamente después de ser liberados pudo haber generado confusión, por lo mismo manifestó que esta vez ya han pedido las listas de los reos que postulan al beneficio para chequear todo tipo de antecedentes y descartar que puedan obtener la libertad quienes tienen causas pendientes.
“Efectivamente el año pasado tuvimos esta situación de las cinco personas que mantenían antecedentes pendientes que no los tenía considerados el Ministerio de Justicia. Eso significó que al momento de salir en libertad fueran tomados inmediatamente. Esta vez vamos a seguir chequeando el listado por lo menos hasta minutos antes que salgan en libertad”, manifestó Carrera.
REINSERCIÓN
Pero más allá del proceso en lo concreto, el seremi de Justicia Carlos Galleguillos enfatizó en que una vez que las personas son beneficiadas, el sistema no se desentiende de ellos ya que “ellos deben firmar semanalmente, y además pueden ser parte de los procesos post penitenciarios. Es decir a través de los centros de apoyo a la reinserción social que nosotros tenemos en toda la región y a ellos se les brinda un apoyo psicosocial. Un acompañamiento para que ellos puedan formar parte de otros procesos porque la idea es que aprovechen este beneficio, que es el cumplimiento de condena en el medio libre para reinsertarse”, sostuvo Galleguillos.
RECUADRO
¿QUÉ ES LA LIBERTAD CONDICIONAL?
La libertad condicional es un beneficio que no extingue ni modifica la duración de la pena, sino que es un modo particular de hacerla cumplir en libertad, con la obligación de firmar una vez a la semana en Centro de Apoyo para la Integración Social, CRS o unidad más cercana al lugar de la residencia.
Los internos detenidos, procesados o condenados por un nuevo delito, cometido mientras hacían uso de algunos de los beneficios, deberán cumplir, efectivamente privados de libertad, la totalidad del saldo de la condena que cumplían cuando se les concedió el permiso del que gozaban, sin que puedan acceder a nuevos beneficios, los que serán considerados por la administración penitenciaria, sólo respecto de la condena que se les imponga por el nuevo delito y una vez que cumplan los requisitos para ello.
LA CIFRA: 93% de los reos liberados en este proceso no reinciden, según la ONG LEASUR
CLAVES:
REQUISITOS
- Tiempo de pena
Para postular el beneficio el reo debe haber cumplido la mitad de la que se le impuso por sentencia definitiva. Los condenados por hurto o estafa a más de seis años, podrán obtener el beneficio una vez cumplido tres años.
- Conducta y estudios
El reo debe tener conducta intachable y haber aprendido un oficio si hay talleres donde cumple la condena o mantener una actividad laboral. También debe haber asistido con regularidad y provecho a la escuela del establecimiento.
- Delitos más graves
A los condenados a presidio perpetuo se les podrá conceder el beneficio una vez cumplidos 20 años, mientras que por parricidio, homicidio calificado, violación con homicidio, violación a persona menor de 12 años, infanticidio y elaboración o tráfico de estupefacientes, se les podrá conceder la condicional cuando hubieren cumplido dos tercios de la pena.