• El Juzgado de Garantía de Los Vilos determinó mantener la prisión preventiva para el imputado por el crimen de José del Tránsito Pérez.
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El juez de garantía de Los Vilos determinó que "no existen antecedentes serios" que permitan presumir la inimputabilidad del joven de 24 años, puesto que los argumentos de la defensa se basaron en testimonios de dos testigos sin expertiz en salud mental.

El Juzgado de Garantía de Los Vilos rechazó la solicitud de suspensión del procedimiento y revisión de medidas cautelares presentada por la defensa del joven de 24 años, identificado como A.G.A., imputado como presunto autor del homicidio calificado de José del Tránsito Pérez, adulto mayor que fue asesinado y descuartizado en su vivienda en Canela, en el mes de septiembre.

Luego de su detención en la comuna de Mejillones, tras ser vinculado con pruebas y testigos en el homicidio de "don Tránsito", el joven conocido por sus vecinos como "El Comando" fue formalizado el pasado 05 de octubre por el Ministerio Público, quien dio cuenta de la declaración del individuo a la Policía de Investigaciones, a quienes reconoció su autoría en el macabro delito y entregó detalles de cómo procedió para ocultar los restos de la víctima, por lo que quedó en prisión preventiva.

“Dentro del transcurso de la investigación se realizarán diligencias de forma objetiva para establecer si el imputado efectivamente tiene algún tipo de patología”. Rodrigo Gómez, fiscal jefe de Los Vilos.

Tras la formalización, su defensa había recurrido a la Corte de Apelaciones de La Serena para revocar la medida cautelar de privación de libertad, cuestionando tanto su participación en el crimen como la obtención de la declaración por parte de la policía, al no haber alertado a la Defensoría Penal Pública, lo que el tribunal de alzada desestimó, al considerar consistentes los argumentos y pruebas presentados por la Fiscalía.

Con la negativa de la Corte, el defensor Gerardo Tagle solicitó la suspensión del procedimiento y la revisión de la cautelar, esta vez basándose en los antecedentes de salud mental del imputado, entregados por testigos. Creemos que una persona con problemas psiquiátricos no puede estar privada de libertad en un centro penitenciario y en ese sentido debería revisarse la medida cautelar (...) Una persona que tiene problemas mentales no puede enfrentar un juicio y por eso es menester contar con las pericias que indiquen aquello", indicó el abogado a El Día.

Por si parte, el fiscal jefe de Los Vilos Rodrigo Gómez, señaló que “la defensa solicitaba la suspensión del procedimiento, porque estimaba que existía algún tipo de trastorno mental respecto del imputado, lo cierto es que la fiscalía se opuso a aquello, porque no existen antecedentes fundados de la solicitud de la defensa”.

120 días fue el plazo que estableció el juez de garantía para la investigación del Ministerio Público en el caso.

Tras el debate de las partes, finalmente el Juzgado de Garantía determinó rechazar la solicitud y mantener la prisión preventiva, argumentando que "no es posible dar merito suficiente a la declaración de dos testigos, que habrían avalado con sus dichos conductas propias de la enajenación mental al imputado, dado que su nula expertiz en el campo de salud mental".

Además, indicaron que no se puede comprobar la imparcialidad de los declarantes, con el riesgo de que sus palabras pudieran ir orientadas "en beneficio a la situación procesal actual del imputado, dado que no se conoce antecedentes que pudieran avalar la objetividad con la que declaran, ni antecedentes serios que permitan presumir la inimputabilidad”, sostiene la resolución. 

Tras la audiencia el fiscal Gómez valoró la decisión del tribunal y manifestó que durante la investigación se realizarán “diligencias de forma objetiva”, para establecer si el imputado tiene alguna patología. 6301i

Capacidades para comprender un juicio.

El defensor Gerardo Tagle explicó que los posibles problemas mentales del imputado le impedirían “comprender los alcances de un juicio u la naturaleza de este”. En 2011, A.G.A. fue sobreseído en algunas causas producto de a lo menos cuatro problemas mentales, por los cuales se sometió a un tratamiento que luego abandonó.

Sin embargo, el dictamen del Juzgado de Garantía indica que “el imputado actualmente ha mantenido un comportamiento y ha desplegado acciones que no demuestran privación ni alteraciones del juicio de la realidad, poseyendo un discernimiento entre el bien y el mal, así como la capacidad de comprensión de las normas, y además una autodeterminación conforme a esa comprensión”.

 

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