Polémica generó en el mundo político y gremial el dictamen 1283-006 publicado por la Dirección Nacional del Trabajo el pasado 26 de marzo, el tercer planteamiento desde el servicio en relación a materia laboral durante la contingencia.
El documento establece los efectos laborales que tienen las medidas adoptadas durante la crisis sanitaria como la cuarentena, el cordón sanitario y el toque de queda, las que se definen como actos de autoridad por lo que responden a casos fortuitos o de fuerza mayor.
De esa forma el dictamen precisa que en esos casos las partes, empleador y trabajador, pueden liberarse del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
“Por ejemplo, se suspendería la obligación del trabajador de concurrir a su lugar de trabajo, puesto que estaría impedido por este acto de autoridad a prestar los servicios para los cuales fue contratado y, por otro lado, se suspendería la obligación del empleador de pagar las remuneraciones convenidas por el tiempo que dure esta acto de autoridad” fundamentó el Seremi de Trabajo y Previsión Social, Matías Villalobos.
Un punto que llamó la atención del mundo social y político, quienes manifestaron su rechazo ante la posibilidad que los empleadores puedan eximirse del pago de remuneraciones, especialmente en una situación sanitaria donde existe incertidumbre en la población.
El dictamen emitido por la Dirección del Trabajo (DT) generó molestia en algunos parlamentarios regionales, quienes se encontraban legislando justamente uno de los Proyectos de Ley enviados por el Ejecutivo en protección del empleo, quienes lo calificaron de contradictorio, poco solidario y desatinado.
“Solicité al Presidente de la República que instruya a la Ministra del Trabajo que esta resolución del trabajo debe ser inmediatamente retirada porque no es posible que mientras el Gobierno ayer (jueves) pone urgencia a un Proyecto de Ley que busca proteger los derechos laborales, hoy día muestre la otra cara en que sencillamente no es verdad que se está trabajado para resguardar estos derechos” indicó la Presidenta del Senado, Adriana Muñoz.
Y agregó que “yo creo que los empresarios deben tomar conciencia y deben colaborar y contribuir en esta crisis a dar certeza laboral a sus trabajadores y en ese sentido no ayuda para nada el dictamen de la DT”.
Por su parte el Senador Jorge Pizarro manifestó que “es un desatino completo sin duda, es muy extraño que mientras la Ministra del Trabajo discuta con nosotros un proyecto para cuidar y resguardar los contratos laborales de nuestros trabajadores justamente para que no se les despida, se genera este dictamen que está fuera de toda realidad, nosotros presentamos un reclamo formal a la Ministra, es un desatino y una señal totalmente distinta a la que estamos entregando con el Proyecto que buscamos aprobar”.
El diputado Francisco Eguiguren, parte de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara, también se mostró en desacuerdo con la medida y solicitó la salida de la directora del servicio.
“El dictamen de la DT es profundamente poco solidario, no solo con los trabajadores de Chile, sino con el momento que estamos viviendo (…) no está en la línea de lo que estamos pidiendo a todos de ser solidarios, de ser realmente muy comprensivos y responsables respecto a lo que está ocurriendo en el país entero y no está en la línea de lo que está aprobado en el Congreso y por lo mismo debe ser rectificado, acomodándose a la legislación que se apruebe en los próximos días y que estamos aprobando hoy día en las próximas horas en el Congreso Nacional”.
Quien también se mostró en rechazo fue la CUT que mediante un comunicado de prensa manifestó su molestia.
Mientras que en la región la presidenta de la Anef, Clara Olivares, indicó que “en el marco del dictamen 1283/006 de la Dirección de Trabajo del 26 de marzo de 2020, en que la Directora Nacional de esa repartición interpreta que la justificación de inasistencia por fuerza mayor del trabajador, también implica que se exime del pago de sueldos al empleador por fuerza mayor, expresamos nuestro más enérgico y desde la más profunda convicción nuestro rechazo a este ataque a las y los trabajadores, en que nuevamente este Gobierno pretende que los costos de las crisis sean pagados con la vida de las y los trabajadores”.
Estabilidad laboral
El Seremi del Trabajo y Previsión Social argumentó que el pronunciamiento busca proteger el empleo “el propio dictamen establece que para resguardar la estabilidad laboral de los trabajadores el empleador no podría despedir a un trabajador argumentando la causal contenida en el artículo 159 del Código del Trabajo de fuerza mayor, es decir, no se podría terminar la relación laboral invocando esa causal”.
Un despido por la causal la n°6 del art. 159 del Código del Trabajo significa que el trabajador no recibe indemnización, que es justamente lo que desde el Gobierno buscarían impedir, explicó la autoridad.
“Como se quiere resguardar la estabilidad laboral y que el trabajador no quede en una situación de desmedro, la DT señala no se puede despedir por la causal de caso fortuito o fuerza mayor porque establece que este acto de autoridad es temporal, tiene un tiempo definido y no es de manera indefinida”.
Esto significaría que “si un empleador en este periodo de crisis sanitaria quiere o tiene la necesidad de despedir algún trabajador debe hacerlo invocando la causal necesidades de la empresa.
Bajo dicha causal el empleador debería pagarle al trabajador todo lo adeudado en términos legales además de la indemnización sustitutiva del previo aviso y la indemnización por años de servicio.
Proyectos de Ley
De acuerdo a Villalobos se trata de un dictamen nuevo que establece y reafirma los criterios y doctrinas que la DT aplica desde 1996. Uno que según aclaró la autoridad se habría aplicado por la Dirección del Trabajo en la jurisprudencia del Dictamen 1412-021 del año 2010 a raíz del terremoto.
“El Gobierno del Presidente Sebastián Piñera, previendo la crisis que estamos viviendo, ha presentado dos proyectos de ley para proteger los ingresos de las familias chilenas”.
De acuerdo a lo explicado por la autoridad, uno de los proyectos de ley tendría efecto retroactivo, “justamente para los casos de trabajadores que ya están en la situación que hay un acto de autoridad que impide que el empleador pueda seguir funcionando con normalidad y por lo tanto que impediría que los trabajadores puedan prestar sus servicios y recibir sus remuneraciones”.
Argumentó que con ambos proyectos el Gobierno buscaba dar estabilidad al empleo y asegurar el pago de remuneraciones o ingreso de los trabajadores dependientes.